Tipo-- Constitución Política del Estado Ley Decreto Ley Decreto Supremo Decreto Presidencial Códigos Resolución Suprema Resolución Bi Ministerial Resolución Ministerial Ordenanza Municipal Estatuto Reglamento Manual Proyecto de Ley Resolución Imperativo Convenio Acuerdo internacional Tratado internacional Ley municipal Miscelaneo Resolución Normativa de Directorio Ley Departamental Norma Básica Protocolos Sentencia Constitucional Resolución Asamblea Legislativa Plurinacional Plan Guía
Nro. de norma
Que incluyan el texto
País-- Estado Plurinacional de Bolivia International
Estado-- Normas vigentes Normas abrogadas
Incluir jurisprudencia Si No
ID lexivox
FechaDesde Hasta
Ley noviembre/1942
Constitución Política del Estado.-- Modifícase su artículo 112.
Impuesto sucesorio.-- El de Elena Patino López de Carrizosa, se destina a la construcción de una carretera que parta de Potosí y vincule el Valle de Cinti y Tarija.
Se autoriza a la Prefectura de Chuquisaca a vender los terrenos ubicados en la Avenida "Eulogio Ostria" destinando dichos fondos al fin indicado.
El de Ireneo Gareca y Miguel Maire, se destina a la construcción de una escuela en Itau.
Impuesto sucesorio.-- El de Estefanía Jordán vda. de Rivera, se destina a la conclusión de los trabajos del Teatro de Sacaba.
Votase la suma de Bs. 500.000.-- para las de Yamparáez y Tarabuco.
Terrenos.-- Autorízase a la Alcaldía de Capinota, para que venda los de su propiedad al Distrito
Ley octubre/1942
Hospitales militares.-- Donde no hayan Hospitales civiles atenderán éstos a la población civil.
Radio Guadalquivir. -- La importación de sus materiales queda liberada de impuestos.
Ferrocarril Cochabamba -- Santa Cruz.-- En el presupuesto de 1943 se consignará la suma de 700.000.-- para la construcción de éste.
Obrajes.-- Ordénase su incorporación a la ciudad de La Paz y se eleva a cinco el número de representantes de esta ciudad quedando como capital de la Provincia Murillo el Cantón Palca.
Prorrógase hasta las 90 de Ley.
Asígnase la suma de 4.000 Bs. al Doctor Abel Alarcón.
Templo del Gran Poder de La Paz. -- Modifícase el art. 1º de la ley de 27 de noviembre de 1941, relativa a la construcción de éste.
Impuesto sucesorio.-- El de María vda. de Pringle se destina a la construcción del templo de Pucarani.
Mi hermano Carlos acaba de ganar brillantemente su primer pleito.
—Ah, ¿pero es abogado?
—Sí, ¿no lo sabías?
—No, le tenía por una buena persona.
Sonreir otro poco...
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