Bolivia: Ley Departamental Nº 41, 31 de enero de 2012

LEY DEPARTAMENTAL Nº 041/2012
LEY DEPARTAMENTAL DE LUCHA CONTRA EL CANCER

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEPARTAMENTAL DE TARIJA,

DECRETA:

LEY DEPARTAMENTAL DE LUCHA CONTRA EL CANCER

Artículo 1°.- Se Autoriza al Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo del Departamento de Tarija, declarar de urgente necesidad y prioridad departamental la lucha contra el cáncer.

Artículo 2°.- Se Autoriza al Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo del Departamento de Tarija, a realizar los estudios cientificos necesarios para detectar la causa de esta enfermedad (CANCER), en nuestro departamento en coordinación con instituciones y/o organismos especializados en la materia.

Artículo 3°.- (Campo de Aplicación) Los beneficiarios de la presente Ley, será toda la población que resida en el Departamento de Tarija.

Artículo 4°.- (Objeto de la Ley) Se Autoriza al Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo del Departamento de Tarija, establecer las politicas, programas y estrategias para el control integral del cancer en el Departamento de Tarija.

Artículo 5°.- Son atribuciones del Gobierno Autónomo del Departamento de Tarija:

  1. Promover, coordinar, desarrollar planes y programas concernientes a la prevención, diagnóstico precoz, tratamiento, rehabilitación y cuidados paliativos de las personas afectadas por la enfermedad del cancer.
  2. Promocionar la educación sobre esta enfermedad en toda la sociedad del departamento de Tarija, mediante medios audiovisuales e impresos de manera continua y permanente de facil comprensión para la población, a fin de prevenir el cáncer y de incentivar su diagnóstico precoz.

Artículo 6°.- Las Entidades prestadoras del servicio de salud, seguros de salud de entidades públicas y privadas, podrán contratar la prestación de servicios del Instituto Oncológico “San Judas Tadeo".

Artículo 7°.- Se Autoriza al Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija, promover la capacitación de recursos humanos multidisciplinarios, especializados en el exterior en las ramas de la oncología, clínica y/o quirúrgica requerido según la complejidad y la demanda a partir de la gestión 2012.

Artículo 8°.- Se Autoriza al Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija, implementar un sistema informatico de estadisticas y registro departamental de Cancer.

Artículo 9°.- Se autoriza al Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija, a realizar todas las acciones administrativas y legales para la adquisición de todos los insumos médicos suficientes para la atención integral, como así de toda la logística tecnológica que se requiera.

Artículo 10°.- EL Órgano Ejecutivo Departamental reglamentará la presente Ley, en el plazo máximo de 60 días a partir de su promulgación.

Artículo transitorio 1°.- Crease el Instituto Oncológico Departamental, como entidad desconcentrada dependiente de la Secretaria de Desarrollo Social del Gobierno Autónomo Departamental orientada a la aplicación de la presente ley.


Remítase al Órgano Ejecutivo Departamental para su promulgación y posterior publicación.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija, a del treinta y un días del mes de enero del año dos mil doce.
Bertha Barrientos Fernández - Secretaria en ejercicio Asamblea Legislativa Departamental de Tarija
Justino Zambrana Cachari - Presidente Asamblea Legislativa Departamental de Tarija
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Departamento de Tarija.
Palacio de Gobierno del Departamento de Tarija, a los diez y seis días del mes de febrero del año dos mil doce.
FDO. LINO CONDORI ARAMAYO, Darío Gareca Cardozo, Grover Constantino Pereyra Castrillo. Román Yepez Contreras, Petrona Chavarría López.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Departamental Nº 41, 31 de enero de 2012
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoLD
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioLey departamental de lucha contra el cancer
KeywordsTarija, Ley Departamental, enero/2012
Origenhttp://www.tarija.gob.bo/leyes-departamentales/ver-detalles/leyes/ley-041-ley-departamental-de-lucha-contra-el-cancer.html
Referencias002-049.lexml
CreadorBertha Barrientos Fernández - Secretaria en ejercicio Asamblea Legislativa Departamental de Tarija Justino Zambrana Cachari - Presidente Asamblea Legislativa Departamental de Tarija FDO. LINO CONDORI ARAMAYO, Darío Gareca Cardozo, Grover Constantino Pereyra Castrillo. Román Yepez Contreras, Petrona Chavarría López.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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