Bolivia: Ley Departamental Nº 30, 10 de noviembre de 2011

LEY DEPARTAMENTAL Nº 030/2011
LEY DEPARTAMENTAL DE TRANSPORTE ESCOLAR GRATUITO

La Asamblea Legislativa Departamental de Tarija, en uso de sus facultades y atribuciones establecidas por Ley.

DECRETA:

LEY DEPARTAMENTAL DE TRANSPORTE ESCOLAR GRATUITO

Artículo 1°.- (Objeto) Se establece como prioridad departamental la generación de programas de transporte escolar gratuito para el nivel inicial, primario y secundario del área rural, como medio para impulsar la educación en el Departamento de Tarija.

Artículo 2°.- (Objetivos del Transporte Escolar) Se establece como objetivos del transporte escolar gratuito:

  1. impulsar la educación en el departamento de Tarija.
  2. Generar igualdad de oportunidades para todos los estudiantes sin exclusión de ninguna índole.
  3. Crear las condiciones para un acceso equitativo a la educación.
  4. Estimular la permanencia y asistencia de todos los alumnos a los centros de educación.
  5. Reducir la deserción escolar.
  6. Fortalecer la seguridad ciudadana.

Artículo 3°.- (Coordinación Interinstitucional) Bajo el principio de subsidiariedad y concurrencia se instruye al Ejecutivo Departamental a través de los Ejecutivos Seccionales de Desarrollo donde corresponda, realizar las gestiones para la firma de Convenios con los Gobiernos Municipales del Departamento de Tarija para la ejecución de “Transporte Escolar Gratuito” en el área rural del Departamento.

Artículo 4°.- (Asignación de recursos) El órgano ejecutivo departamental deberá inscribir los recursos económicos necesarios para el cumplimiento del objeto de la presente ley, en las proporciones establecidas en los convenios concurrentes con los Gobiernos Municipales.


Remítase al Ejecutivo Departamental para su promulgación.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija, a los diez días del mes de noviembre de dos mil once años.
Justino Zambrana Cachari - Presidente Asamblea Legislativa Departamental de Tarija
Dr. Paúl E. Mendoza Pino - Secretario Asamblea Legislativa Departamental de Tarija
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Departamento de Tarija.
Palacio de Gobierno del Departamento de Tarija, a los veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil once.
FDO. LINO CQNDORI ARAMAYQ, Roberto Ruiz Bass Werner. Grover C. Pereyra Castilio, Horacio Lazcano Reyes

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Departamental Nº 30, 10 de noviembre de 2011
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoLD
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioLey departamental de transporte escolar gratuito
KeywordsTarija, Ley Departamental, noviembre/2011
Origenhttp://www.tarija.gob.bo/leyes-departamentales/ver-detalles/leyes/ley-030-ley-departamental-de-transporte-escolar-gratuito.html
Referencias002-049.lexml
CreadorJustino Zambrana Cachari - Presidente Asamblea Legislativa Departamental de Tarija Dr. Paúl E. Mendoza Pino - Secretario Asamblea Legislativa Departamental de Tarija FDO. LINO CQNDORI ARAMAYQ, Roberto Ruiz Bass Werner. Grover C. Pereyra Castilio, Horacio Lazcano Reyes
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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