LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEPARTAMENTAL DE TARIJA,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Reformulado extraordinario) Apruébase el PRESUPUESTO REFORMULADO EXTRAORDINARIO del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija para la Gestión Fiscal 2011, por un importe total de DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS DOCE MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS 00/100 BOLIVIANOS (Bs. 251.512.562 00/100), con fondos provenientes del Rubro Disminución de Caja y Bancos al 31 de diciembre de 201 O, según Anexos adjuntos.
Artículo 2°.- (Modificaciones consensuadas) Todas las modificaciones efectuadas por el Órgano Ejecutivo del Rubro Disminución de Caja y Banco, serán en consenso con las autoridades correspondientes Ejecutivos Seccionales, Organizaciones Sociales y Pueblos indígenas.
Norma | Bolivia: Ley Departamental Nº 17, 31 de marzo de 2011 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | LD |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Ley de presupuesto reformulado extraordinario | ||||
Keywords | Tarija, Ley Departamental, marzo/2011 | ||||
Origen | http://www.tarija.gob.bo/leyes-departamentales/ver-detalles/leyes/ley-017-ley-de-presupuesto-reformulado-extraordinario.html | ||||
Referencias | 002-049.lexml | ||||
Creador | Aluida Vilte Farfán - Presidenta Asamblea Legislativa Departamental de Tarija José Quecaña Quispe - Secretario en Ejercicio Asamblea Legislativa Departamental de Tarija FDO. LINO CONDORI ARAMAYO, Lic. Remberte Melina Gareca, Lic. Román Yepez Contreras, Lic. Grover Pereira Castrillo | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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