Bolivia: Resolución Normativa de Directorio de 23 de agosto de 2010

PRÓRROGA DE VENCIMIENTO PARA EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS POR EL PERÍODO FISCAL JULIO 2010
RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO No 10.0018.10
La Paz, Agosto 23 de 2010

VISTOS Y CONSIDERANDO:

  • Que conforme lo dispuesto por el Artículo 53 parágrafo III concordante con el Artículo 66 numeral 7 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, la Administración Tributaria podrá disponer fundadamente prórrogas de oficio para el pago de Tributos.
  • Que como emergencia de la realización de procesos de optimización en la Base de Datos del Servicio de Impuestos Nacionales, se produjeron interrupciones en la comunicación del Sistema Financiero con el servicio del Portal Tributario Newton durante el periodo de vencimiento de obligaciones impositivas, afectando a los sujetos pasivos o terceros responsables obligados a la presentación de Declaraciones Juradas y Boletas de Pago, siendo necesario prorrogar el plazo para el cumplimiento de las obligaciones de presentación de Declaraciones Juradas y pago de impuestos correspondiente al período fiscal julio 2010.
  • Que de conformidad al inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001, excepcionalmente y cuando las circunstancias lo justifiquen, el Presidente Ejecutivo del Servicio de Impuestos Nacionales puede ejecutar acciones que son de competencia del Directorio; en este entendido, el inciso a) del numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio No 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002 autoriza al Presidente Ejecutivo a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio cuando la urgencia del acto así lo imponga.

POR TANTO:

El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, a nombre del Directorio de la Institución, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley Nº 2492, Código Tributario Boliviano, inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 y en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso a) del numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio No 09-0011-02,

RESUELVE:

Artículo Único.- Prorrogar hasta el día 25 de agosto de 2010, el plazo para la presentación de Declaraciones Juradas, pago de impuestos y demás obligaciones impositivas de los contribuyentes por el periodo fiscal julio/2010.


Regístrese, hágase saber y cúmplase.
Roberto Ugarte Quispaya
PRESIDENTE EJECUTIVO a.i.
IMPUESTOS NACIONALES

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Resolución Normativa de Directorio de 23 de agosto de 2010
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoRND
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioPrórroga de Vencimiento para el Cumplimiento de Obligaciones Tributarias Por el Período Fiscal Julio 2010
KeywordsServicio de Impuestos Nacionales, Resolución Normativa de Directorio, agosto/2010
Origenhttp://www.impuestos.gob.bo/images/normativa/rnd2010/rnd10-0018-10.pdf
Referencias2010-2012.lexml
CreadorRoberto Ugarte Quispaya
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-2492] Bolivia: Código Tributario Boliviano, 2 de agosto de 2003
Código Tributario

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