Bolivia: Resolución Normativa de Directorio de 1 de diciembre de 2010

PRÓRROGA DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE IMPUESTOS POR EL PERÍODO ENERO DE 2010
RESOLUCIÓN NORMATIVA DE DIRECTORIO No 10.0001.10
La Paz, Febrero 12 de 2010

VISTOS Y CONSIDERANDO:

  • Que conforme a lo dispuesto por el parágrafo III del Artículo 53 concordante con el numeral 7 del Artículo 66 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, la Administración Tributaria podrá disponer fundadamente prórrogas de oficio para el pago de los Tributos.
  • Que el día 17 de febrero de 2010, se tiene el vencimiento para la presentación de declaraciones juradas, boletas de pago y pago de impuestos de cinco dígitos de Números de Identificación Tributaria, debido a los feriados de carnaval, los días 13, 14, 15 y 16 de febrero de 2010, por lo que la Asociación de Entidades Financieras Especializadas en Microfinanzas ASOFIN preveyendo la cantidad de contribuyentes que se apersonarían a las Entidades Financieras para el cumplimiento de sus obligaciones impositivas, no podría atender a todos en el horario establecido.
  • Que efectuados los análisis técnicos e informáticos de la capacidad de los equipos servidores del Servicio de Impuestos Nacionales, se consideró que el pool de conexiones, el uso excesivo de memoria y procesador (CPU), y congestionamiento en las colas de peticiones y respuesta comprometen la disponibilidad de los servicios de Copérnico y Newton Portal Tributario, interfiriendo la captura de declaraciones juradas en las entidades financieras, hecho que derivaría en una sobresaturación en la conexión, y con el objeto garantizar la disponibilidad y continuidad de los servicios Copérnico y Newton Portal Tributario y precautelando la imagen Institucional, se hace necesario prorrogar el plazo para la presentación de declaraciones juradas, boletas de pago y pago de impuestos para los contribuyentes cuyos Números de Identificación Tributaria terminan con los dígitos cero (0), uno (1), dos (2), tres (3) y cuatro (4) por el período enero de 2010, con vencimiento los días 13, 14, 15 y 16 de febrero de 2010, con carácter escalonado, siendo necesaria la inclusión del dígito cinco (5), por encontrarse comprometido en los días hasta los que se dispone la prórroga.
  • Que de conformidad al inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001, excepcionalmente y cuando las circunstancias lo justifiquen, el Presidente Ejecutivo del SIN puede ejecutar acciones que son de competencia del Directorio; en este entendido, el inciso a. del numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio No 09-0011- 02 autoriza al Presidente Ejecutivo a suscribir Resoluciones Normativas de Directorio cuando la urgencia del acto así lo imponga, para su posterior homologación.

POR TANTO:

El Presidente Ejecutivo a.i. del Servicio de Impuestos Nacionales, a nombre del Directorio de la Institución, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 64 de la Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003, Código Tributario Boliviano, inciso p) del Artículo 19 del Decreto Supremo Nº 26462 de 22 de diciembre de 2001 y en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso a. del numeral 1 de la Resolución Administrativa de Directorio No 09-0011-02 de 28 de agosto de 2002,

RESUELVE:

Artículo Único.-

  1. Prorrogar de acuerdo a cronograma el plazo para la presentación de Declaraciones Juradas, pago de impuestos y demás obligaciones impositivas, de los sujetos pasivo o terceros responsables, cuyos Números de Identificación Tributaria terminan en los dígitos cero (0), uno (1), dos (2), tres (3), cuatro (4) y cinco (5), con vencimientos ocurridos los días 13 al 19 de febrero de 2010.
    DÍGITOSFECHAS DE VENCIMIENTOFECHA DE PRORROGA
    0 - 113 y 14 de febrero de 201017 de febrero de 2010
    2 - 315 y 16 de Febrero de 201018 de febrero de 2010
    4 - 517 de Febrero de 201019 de febrero de 2010
  2. Se mantienen las fechas de vencimiento para los contribuyentes cuyos Números de Identificación Tributaria terminan en los dígitos 6, 7, 8 y 9.


Regístrese, hágase saber y cúmplase.
Roberto Ugarte Quispaya
PRESIDENTE EJECUTIVO a.i.
SERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALES

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Resolución Normativa de Directorio de 1 de diciembre de 2010
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoRND
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioPrórroga de Vencimiento para el Pago de Impuestos Por el Período Enero de 2010
KeywordsServicio de Impuestos Nacionales, Resolución Normativa de Directorio, diciembre/2010
Origenhttp://www.impuestos.gob.bo/images/normativa/rnd2010/rnd10-0001-10.pdf
Referencias2010-2012.lexml
CreadorRoberto Ugarte Quispaya
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-2492] Bolivia: Código Tributario Boliviano, 2 de agosto de 2003
Código Tributario

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