Bolivia: Ley Departamental Nº 30, 28 de marzo de 2011

LEY DEPARTAMENTAL Nº 30
LEY DEPARTAMENTAL DE 28 DE MARZO DE 2011
RUBÉN COSTAS AGUILERA
GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO AUTÓNOMO DE SANTA CRUZ

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Departamental ha sancionado la siguiente Ley Departamental:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEPARTAMENTAL

DECRETA:

LEY DEPARTAMENTAL DE LA ESTRUCTURA DE CARGOS Y ESCALA SALARIAL DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEPARTAMENTAL DE SANTA CRUZ 2011

Título I
Disposiciones generales

Artículo 1°.- (Objeto) Se aprueba la estructura de cargos y escala salarial de la Asamblea Legislativa Departamental de Santa Cruz 2011, constituida por ochenta y nueve (89) casos, distribuidos en trece (13) niveles de remuneración básica, de los dieciséis (16) niveles que tiene el Gobierno Autónomo Departamental, y un costo mensual de seiscientos treinta mil trescientos setenta y seis 00/100 Bolivianos (Bs. 630.376.00), financiado con recursos específicos del Gobierno Autónomo Departamental, contemplados en el Presupuesto institucional 2011.

Artículo 2°.- (Mandato legal) Se instruye al Organo Ejecutivo Departamental presentar la Estructura de Cargos y Escala Salarial, así como los Informes Técnico y Jurídico adjuntos a la presente Ley, a los Ministerios de Autonomía y Descentralización y de Economía y Finanzas Públicas.

Artículo 3°.- (Anexos) Forman parte de la presente Ley Departamental la Estructura de Cargos y Escala Salarial de la Asamblea Legislativa Departamental de Santa Cruz, así como los Informes Técnico y Jurídico correspondientes.

Título II
Disposición derogatoria

Artículo derogatorio Único.- Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias a la presente Ley Departamental.


Remítase al Órgano Ejecutivo Departamental para fines estatutarios.
Es dado en Santa Cruz de la Sierra, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Departamental, a los veintitrés días del mes de marzo del año dos mil once.
FDO. ALCIDES VILLAGÓMEZ IBÁÑEZ, María Arias Sandóval de Paz.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Departamento Autónomo de Santa Cruz.
Casa de Gobierno del Departamento Autónomo de Santa Cruz, de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, a los veintiocho días del mes de marzo de dos mil once año.
FDO. RUBÉN COSTAS AGUILERA

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Departamental Nº 30, 28 de marzo de 2011
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoLD
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioLa estructura de cargos y escala salarial de la Asamblea Legislativa Departamental de Santa Cruz 2011
KeywordsSanta Cruz, Ley Departamental, marzo/2011
Origenhttp://www.santacruz.gob.bo/archivos/archivos/PN25062010172507.pdf
Referencias001-0037.lexml
CreadorFDO. ALCIDES VILLAGÓMEZ IBÁÑEZ, María Arias Sandóval de Paz. FDO. RUBÉN COSTAS AGUILERA
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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