Por cuanto la Asamblea Legislativa Departamental ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEPARTAMENTAL
DECRETA:
Artículo 1°.- (Objeto) El objeto de la presente Ley Departamental es establecer los principios generales de transparencia de la gestión del Gobierno Departamental Autónomo de Santa Cruz, señalando los mecanismos de acceso expedito a la información generada por la administración pública para todos los ciudadanos del Departamento Autónomo de Santa Cruz.
Artículo 2°.- (Ámbito de aplicación) La presente Ley se aplica sobre todas las dependencias y servidores públicos del Gobierno Departamental Autónomo de Santa Cruz.
Artículo 3°.- (Principios rectores para la Transparencia de la gestión del Gobierno Departamental Autónomo) La gestión del Gobierno Departamental Autónomo de Santa Cruz se desarrollará en base a los siguientes principios rectores:
Artículo 4°.- (Acceso a la información)
Artículo 5°.- (Derogaciones y abrogaciones) Se derogan y abrogan todas las disposiciones contrarias a la presente Ley Departamental.
Norma | Bolivia: Ley Departamental Nº 3, 22 de julio de 2008 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | LD |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Transparencia y acceso a la información | ||||
Keywords | Santa Cruz, Ley Departamental, julio/2008 | ||||
Origen | http://www.santacruz.gob.bo/archivos/archivos/AN06102011085254.pdf | ||||
Referencias | 001-0037.lexml | ||||
Creador | Fdo. JUAN CARLOS PARADA LANDIVAR, Edith Alicia Perrogón Toledo. FDO. RUBÉN ARMANDO COSTAS AGUILERA. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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