Por cuanto, la Asamblea Legislativa Departamental, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEPARTAMENTAL,
DECRETA:
Artículo 1°.- (Declaratoria) Declarase AÑO DEL BICENTENARIO DEL PRIMER AUTOGOBIERNO DE SANTA CRUZ al período comprendido entre el 24 de septiembre de 2009 y el 24 de septiembre de 2010.
Artículo 2°.- (Objeto) El objeto de la presente Ley Departamental es hacer un justo reconocimiento a los próceres que hicieron posible esta gesta independentista y mantener vivo el espíritu de libertad y autodeterminación del pueblo cruceño por el que lucharon nuestros antepasados.
Artículo 3°.- (Comité del Bicentenario)
Artículo 4°.- (Apoyo al Comité del Bicentenario)
Artículo 5°.- (Financiamiento)
Artículo 6°.- (Reglamentación) El Ejecutivo Departamental reglamentará la presente Ley.
Artículo 7°.- (Abrogación) Se abroga la Resolución del Consejo Departamental Nº 06/2006 de 18 de enero de 2006 y todas las disposiciones contrarias a la presente Ley Departamental.
Norma | Bolivia: Ley Departamental Nº 10, 23 de septiembre de 2009 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | LD |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Bicentenario del Primer autogobierno de Santa Cruz | ||||
Keywords | Santa Cruz, Ley Departamental, septiembre/2009 | ||||
Origen | http://www.santacruz.gob.bo/archivos/archivos/PN12042011173029.pdf | ||||
Referencias | 001-0037.lexml | ||||
Creador | FDO. CARLOS EMILIO LOBO CALZADILLA, Juan Baltazar Sardán FDO. RUBÉN COSTAS AGUILERA | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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