Bolivia: Ley Departamental Nº 12, 16 de septiembre de 2011

LEY DEPARTAMENTAL Nº 012/2011 DE 15 DE SEPTIEMBRE DE 2011
CÉSAR HUGO COCARICO YANA
GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE LA PAZ

Por cuanto la Honorable Asamblea Legislativa Autónomo del Departamento de La Paz, ha sancionado la presente ley:

LA H. ASAMBLEA LEGISLATIVA AUTÓNOMO DEL DEPARTAMENTO DE LA PAZ

SANCIONA:

“LEY DEL PROGRAMA DE OPERACIONES ANUAL Y PRESUPUSTO 2012”

(POA 2012)

Artículo 1°.- (Presupuesto) De conformidad al art. 340 de la Constitución Política del Estado que señala “La rentas del Estado se dividen en Nacionales, Departamentales, municipales e Indígenas originarios Campesinos, encontrándose debidamente señalados los Recursos Departamentales en el art. 321 núm. III y 341 de la propia Constitución y siendo una competencia exclusiva de los gobiernos autónomos en su Jurisdicción, el de elaborar, el de aprobar y ejecutar sus programas de operaciones y presupuesto, determinado en el punto 26 del art. 300 de nuestra norma Constitucional SE APRUEBA el presupuesto POA – 2012 del Gobierno Autónomo del Departamento de La Paz, para el periodo fiscal comprendido entre el primero de enero al 31 de diciembre del 2012, conforme al programa de Operaciones Anual presentado por el Gobernador del Departamento de La Paz por un importe total de Bs.835.518.740,00 (OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS DIECIOCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA 00/100 BOLIVIANOS) como Presupuesto Anual del Gobierno Autónomo del Departamento de La Paz, según detalle de recursos y gastos contemplados en el informe anexo GADLP–SDPD– SDEF–232/2011 PROGRAMA DE OPERACIONES ANUAL Y ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTO 2012, del Gobierno Autónomo Departamental de La Paz, el cual es parte indisoluble de la presente ley.

Artículo 2°.- (Reglamentación) El Órgano Ejecutivo Departamental reglamentará la presente ley, de conformidad a los requerimientos necesarios para su aplicación, cumplimiento y en estricto apego a la Constitución Política del Estado y Ley Marco de Autonomías y Descentralización.
El Ejecutivo del Gobierno Autónomo Departamental de La Paz, queda encargado de la ejecución de la presente Ley.


Es dado en la Sala de Sesiones de la H. Asamblea Legislativa Autónomo del Departamento de La Paz, a los quince días del mes de septiembre del año dos mil once.
Fdo. H. Rómulo Cussi Esquivel, Adolfo Mamani Gutierrez, Li. Nayma Huanca Calle
POR TANTO, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley Departamental.
Es dada en la Gobernación de la ciudad de La Paz, a los dieciséis días del mes de septiembre de 2011.
Fdo. Cesar Hugo Cocarico Yana

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Departamental Nº 12, 16 de septiembre de 2011
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoLD
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioLey del Programa de Operación Anual y Presupuesto 2012.
KeywordsLa Paz, Ley Departamental, septiembre/2011
Origenhttp://www.gobernacionlapaz.gob.bo/Archivos/Gaceta_deptal/LD_012.pdf
Referencias001-016.lexml
CreadorFdo. H. Rómulo Cussi Esquivel, Adolfo Mamani Gutierrez, Li. Nayma Huanca Calle Fdo. Cesar Hugo Cocarico Yana
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-L-N31] Bolivia: Ley marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, 19 de julio de 2010
Ley marco de autonomías y descentralización “Andrés Ibáñez”

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.