Por cuanto la Honorable Asamblea Legislativa Autónomo Departamental de La Paz, ha sancionado la presente Ley:
LA H. ASAMBLEA LEGISLATIVA AUTÓNOMO DEL DEPARTAMENTO DE LA PAZ
SANCIONA:
Artículo 1°.- Declárese patrimonio cultural y herencia viva del Departamento de La Paz, a “LOS ALTOS VALORES DE IDENTIDAD HEROICA” de la mujer y hombre indígena Aymara: BARTOLINA SISA y JULIAN APAZA NINA “TUPAK KATARI por la lucha inclaudicable demostrados contra el colonialismo nefasto.
Artículo 2°.- El Gobierno Autónomo Departamental de La Paz, en el marco de su competencia instruirá a la unidad correspondiente la identificación, documentación, investigación, restauración, promoción y revalorización de todas las evidencias históricas, sitios arqueológicos, paisajes naturales, construcciones, y vestigios que evidencien la existencia y rebelión de los esposos BARTOLINA SISA Y TUPAK KATARI para la puesta en valor y manejo comunitario con fines turísticos.
Artículo 3°.- Cada 24 de Agosto en conmemoración al nacimiento de la heroína “BARTOLINA SISA” originaria de la Comunidad Ocuire “UQUYRI”, Caracato Provincia Loayza, se realizarán actos recordatorios en el Departamento de La Paz.
El Ejecutivo del Gobierno Autónomo Departamental de La Paz, queda encargado de la ejecución de la presente Ley.
Norma | Bolivia: Ley Departamental Nº 11, 24 de agosto de 2011 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | LD |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Declaratoria de patrimonio Cultural y Herencia viva del Departamento de La Paz a los Altos Valores de los Esposos Bartolina Sisa y Tupak Katari. | ||||
Keywords | La Paz, Ley Departamental, agosto/2011 | ||||
Origen | http://www.gobernacionlapaz.gob.bo/Archivos/Gaceta_deptal/LD_011.pdf | ||||
Referencias | 001-016.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. Rómulo Cussi Esquivel, H. Adolfo Mamani Gutierrez, Li. Nayma Huanca Calle, Fdo. Cesar Hugo Cocarico Yana | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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