Bolivia: Sentencia Constitucional Nº 78-2015, 15 de junio de 2016

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0078/2015 Sucre, 9 de septiembre de 2015
SALA PLENA
Magistrada Relatora: Dra. Neldy Virginia Andrade Martínez Acción de inconstitucionalidad concreta
Expediente: 06308-2014-13-AIC
Departamento: Chuquisaca

En la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Ricardo Javier Arellano Albornoz ante Farid Nassar Donoso, Juez Segundo de Partido Mixto, de Sentencia Penal y Liquidador del departamento de Chuquisaca, demandando la inconstitucionalidad del art.222 del Código Penal (CP), modificado por la Ley Nº 004 de 31 de marzo de 2010, por ser presuntamente contrario a los arts.8.II, 14.I, II y III, 22, 23.I y III; y, 117.III de la Constitución Política del Estado (CPE).

POR TANTO

El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Plena, en virtud de la autoridad que el confiere la Constitución Política del Estado y el art.12.2 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; resuelve, declarar:

.- La CONSTITUCIONALIDAD del art.222 del Código Penal, respecto a los cargos de inconstitucionalidad expuestos en la acción de inconstitucionalidad concreta.


Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Zenón Hugo Bacarreza Morales PRESIDENTE, Dr. Ruddy José Flores Monterrey, Dra. Neldy Virginia Andrade Martínez, Tata Efren Choque Capuma, Dr. Macario Lahor Cortez Chávez, Dra. Mirtha Camacho Quiroga, Dr. Juan Oswaldo Valencia Alvarado.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Sentencia Constitucional Nº 78-2015, 15 de junio de 2016
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoSCP
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
Sumario09 DE SEPTIEMBRE DE 2015.- En la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Ricardo Javier Arellano Albornoz ante Farid Nassar Donoso, Juez Segundo de Partido Mixto, de Sentencia Penal y Liquidador del departamento de Chuquisaca, demandando la inconstitucionalidad del art. 222 del Código Penal (CP), modificado por la Ley 004 de 31 de marzo de 2010, por ser presuntamente contrario a los arts. 8.II, 14.I, II y III, 22, 23.I y III; y, 117.III de la Constitución Política del Estado (CPE).
KeywordsGaceta 865NEC, Sentencia Constitucional, junio/2016
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/153743
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 865NEC, 201606a.lexml
CreadorFdo. Dr. Zenón Hugo Bacarreza Morales PRESIDENTE, Dr. Ruddy José Flores Monterrey, Dra. Neldy Virginia Andrade Martínez, Tata Efren Choque Capuma, Dr. Macario Lahor Cortez Chávez, Dra. Mirtha Camacho Quiroga, Dr. Juan Oswaldo Valencia Alvarado.
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PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-L-N4] Bolivia: Ley de Lucha contra la corrupción, enriquecimiento ilícito e investigación de fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz”, 31 de marzo de 2010
Ley de lucha contra la corrupción, enriquecimiento ilícito e investigación de fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz”.

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