En la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Ricardo Javier Arellano Albornoz ante Farid Nassar Donoso, Juez Segundo de Partido Mixto, de Sentencia Penal y Liquidador del departamento de Chuquisaca, demandando la inconstitucionalidad del art.222 del Código Penal (CP), modificado por la Ley Nº 004 de 31 de marzo de 2010, por ser presuntamente contrario a los arts.8.II, 14.I, II y III, 22, 23.I y III; y, 117.III de la Constitución Política del Estado (CPE).
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Plena, en virtud de la autoridad que el confiere la Constitución Política del Estado y el art.12.2 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; resuelve, declarar:
.- La CONSTITUCIONALIDAD del art.222 del Código Penal, respecto a los cargos de inconstitucionalidad expuestos en la acción de inconstitucionalidad concreta.
Norma | Bolivia: Sentencia Constitucional Nº 78-2015, 15 de junio de 2016 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | SCP |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 09 DE SEPTIEMBRE DE 2015.- En la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Ricardo Javier Arellano Albornoz ante Farid Nassar Donoso, Juez Segundo de Partido Mixto, de Sentencia Penal y Liquidador del departamento de Chuquisaca, demandando la inconstitucionalidad del art. 222 del Código Penal (CP), modificado por la Ley 004 de 31 de marzo de 2010, por ser presuntamente contrario a los arts. 8.II, 14.I, II y III, 22, 23.I y III; y, 117.III de la Constitución Política del Estado (CPE). | ||||
Keywords | Gaceta 865NEC, Sentencia Constitucional, junio/2016 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/153743 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 865NEC, 201606a.lexml | ||||
Creador | Fdo. Dr. Zenón Hugo Bacarreza Morales PRESIDENTE, Dr. Ruddy José Flores Monterrey, Dra. Neldy Virginia Andrade Martínez, Tata Efren Choque Capuma, Dr. Macario Lahor Cortez Chávez, Dra. Mirtha Camacho Quiroga, Dr. Juan Oswaldo Valencia Alvarado. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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