En las acciones de inconstitucionalidad concreta interpuestas por Ricardo Javier Arellano Albornoz por sí y en representación legal de la empresa Sudamericana de Construcción S. R. L., demandando la inconstitucionalidad de los arts.120 de la Ley de Pensiones (LP) y 20 del Reglamento de Desarrollo Parcial a la Ley de Pensiones en Materia de Contribuciones y Gestión de Cobro de Contribuciones y Mora, aprobado por Decreto Supremo (DS) 0778 de 26 de enero de 2011, por ser presuntamente contrarios a los arts.13.I, 22, 23.I, 56.I, 109.I, 115, 117.I y II, 119, 122 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Plena; en virtud a la autoridad que el confiere la Constitución Política del Estado y el art.12.2 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; resuelve, declarar:
.- La CONSTITUCIONALIDAD de los arts.120 de la LP y 20 del Reglamento de Desarrollo Parcial a la Ley de Pensiones en Materia de Contribuciones y Gestión de Cobro de Contribuciones y Mora.
Norma | Bolivia: Sentencia Constitucional Nº 28-2015, 15 de junio de 2016 | ||||
---|---|---|---|---|---|
Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | SCP |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 12 DE MARZO DE 2015.- En las acciones de inconstitucionalidad concreta interpuestas por Ricardo Javier Arellano Albornoz por sí y en representación legal de la empresa Sudamericana de Construcción S.R.L., demandando la inconstitucionalidad de los arts. 120 de la Ley de Pensiones (LP) y 20 del Reglamento de Desarrollo Parcial a la Ley de Pensiones en Materia de Contribuciones y Gestión de Cobro de Contribuciones y Mora, aprobado por Decreto Supremo (DS) 0778 de 26 de enero de 2011, por ser presuntamente contrarios a los arts. 13.I, 22, 23.I, 56.I, 109.I, 115, 117.I y II, 119, 122 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE). | ||||
Keywords | Gaceta 865NEC, Sentencia Constitucional, junio/2016 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/153738 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 865NEC, 201606a.lexml | ||||
Creador | Fdo. Dr. Zenón Hugo Bacarreza Morales PRESIDENTE, Dr. Ruddy José Flores Monterrey, Dra. Neldy Virginia Andrade Martínez, Tata Efren Choque Capuma, Dra. Mirtha Camacho Quiroga, Dr. Macario Lahor Cortez Chávez, Dr. Juan Oswaldo Valencia Alvarado. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.
El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.
Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.
Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.
La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.
LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.