Bolivia: Sentencia Constitucional Nº 11-2015, 15 de junio de 2016

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2015 Sucre, 20 de febrero de 2015
SALA PLENA
Magistrado Relator: Dr. Juan Oswaldo Valencia Alvarado Acción de inconstitucionalidad concreta
Expediente: 06970-2014-14-AIC
Departamento: La Paz

En la acción de inconstitucionalidad concreta promovida por Royer Juanes Abasto, demandando la inconstitucionalidad de los arts.18; 19; 39 inc. B.3. numerales 14 y 15; 57.b; 75; 76 y 88 del Reglamento del Régimen Disciplinario de las Unidades Académicas de Grado de la Universidad Policial (UNIPOL), por ser presuntamente contrarios a los arts.14.I; II y IV; 21.2; 62; 66; 91.I y II; 115.II; 116.I; 117.I; 119.I; 306.III; y, 410.I y II de la Constitución Política del Estado (CPE).

POR TANTO

La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud de la jurisdicción y competencia que el confieren la Constitución Política del Estado y el art.12.2 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, resuelve declarar:

1°.- 1° La IMPROCEDENCIA de la demanda de inconstitucionalidad de los arts.18 inc. b); 39 inc. B.3. numerales 14 y 15; 75; 76 y 88 del Reglamento del Régimen Disciplinario de las Unidades Académicas de Grado de la UNIPOL;

2°.- 2° La CONSTITUCIONALIDAD de los arts.18 incs. a), c), e) y g); 19 incs. c) y f); y, 57.b del referido Reglamento del Régimen Disciplinario; y, 3º Disponer, la notificación al Director Nacional de Instrucción y Enseñanza, al Rector de la UNIPOL y al Comandante General de la Policía Boliviana.


Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
No intervienen los Magistrados, Dr. Zenón Hugo Bacarreza Morales, Dr. Ruddy José Flores Monterrey, ni la Dra. Neldy Virginia Andrade Martínez, por ser todos de voto disidente.
Fdo. Tata Efren Choque Capuma PRESIDENTE, Dr. Juan Oswaldo Valencia Alvarado, Dr. Macario Lahor Cortez Chávez, Dra. Mirtha Camacho Quiroga.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Sentencia Constitucional Nº 11-2015, 15 de junio de 2016
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoSCP
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
Sumario20 DE FEBRERO DE 2015.- En la acción de inconstitucionalidad concreta promovida por Royer Juanes Abasto, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 18; 19; 39 inc.B.3. numerales 14 y 15; 57.b; 75; 76 y 88 del Reglamento del Régimen Disciplinario de las Unidades Académicas de Grado de la Universidad Policial (UNIPOL), por ser presuntamente contrarios a los arts. 14.I; II y IV; 21.2; 62; 66; 91.I y II; 115.II; 116.I; 117.I; 119.I; 306.III; y, 410.I y II de la Constitución Política del Estado (CPE).
KeywordsGaceta 865NEC, Sentencia Constitucional, junio/2016
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/153737
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 865NEC, 201606a.lexml
CreadorFdo. Tata Efren Choque Capuma PRESIDENTE, Dr. Juan Oswaldo Valencia Alvarado, Dr. Macario Lahor Cortez Chávez, Dra. Mirtha Camacho Quiroga.
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PublicadorDeveNet.net

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Véase también

[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009

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