Bolivia: Resolución Ministerial de 1 de septiembre de 2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 726
La Paz, 18 de agosto de 2016

VISTOS:

La solicitud de reconocimiento de personalidad jurídica presentada por el Centro de Investigación y Desarrollo Regional (CIDRE), en el marco de las Disposiciones Finales Tercera y Cuarta de la Ley Nº 393 de 21 de agosto de 2013, de Servicios Financieros, la documentación constitutiva, reglamentaria y otros de CIDRE, la nota ASFI/DSR-IV/R-110536/2016 de No Objeción emitida por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero.

CONSIDERANDO:

  • Que los numerales 14 y 15 del Parágrafo II del Artículo 298 de la Constitución Política del Estado, determinan que son competencias del nivel central del Estado, la otorgación de personalidad jurídica a organizaciones sociales que desarrollen actividades en más de un Departamento; así como, la otorgación y registro de personalidad jurídica a organizaciones no gubernamentales, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro, que desarrollen actividades en más de un Departamento.
  • Que las Disposiciones Finales Tercera y Cuarta de Ley Nº 393, de 21 de agosto de 2013, de Servicios Financieros, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas será la instancia del nivel central del Estado que ejercerá las competencias de otorgación y registro de las personalidad jurídica de organizaciones no gubernamentales, fundaciones y entidades civiles sin fines de lucro con actividad financiera, creadas bajo la forma de "Asociación o Fundación", así como de entidades financieras comunales e instituciones financieras de desarrollo, que desarrollen sus actividades en más de un Departamento.
  • Que por Resolución Ministerial N° 259 de 05 de mayo de 2016, emitida por este Ministerio, se aprobó el “Reglamento de Otorgación y Registro de Personalidad Jurídica de Organizaciones No Gubernamentales, Fundaciones, Entidades Civiles Sin Fines de Lucro con Actividad Financiera, Entidades Financieras Comunales e Instituciones Financieras de Desarrollo que Desarrollan Actividades Financieras en más de un Departamento”, estableciéndose los requisitos y el procedimiento para dicho fin.
  • Que la institución actualmente denominada CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO REGIONAL INSTITUCIÓN FINANCIERA DE DESARROLLO con sus siglas CIDRE - IFD, obtuvo anteriormente el reconocimiento de personalidad jurídica mediante Resolución Suprema N° 198799 de 01 de febrero de 1984. Sin embargo, en el marco de la Ley Nº 393 de Servicios Financieros, la referida institución realizó la adecuación de su documentación constitutiva ante la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero.
  • Que dentro de lo establecido por la Ley Nº 393 de Servicios Financieros y el Reglamento aprobado mediante Resolución Ministerial N° 259, la institución CIDRE - IFD cumple con los requisitos para el otorgamiento de personalidad jurídica como entidad para el desarrollo de actividades financieras en más de un Departamento, razón por la cual corresponde la emisión de la norma que reconozca dicha situación jurídica, de tal modo que la misma pueda continuar con sus actividades.

POR TANTO:

El Ministro de Economía y Finanzas Públicas, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por Ley,

RESUELVE:

Artículo 1°.- RECONOCER y OTORGAR personalidad jurídica al CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO REGIONAL INSTITUCIÓN FINANCIERA DE DESARROLLO con sus siglas CIDRE - IFD, con domicilio en la Ciudad de Cochabamba del Departamento de Cochabamba, como entidad que desarrolla actividades financieras en más de un Departamento; disponiendo su inscripción en el registro de Personalidad Jurídica de Entidades Financieras Especiales, bajo la matrícula “RPJ-EFIE-001-TP05”, así como la publicación de la presente Resolución en la Gaceta Oficial de Bolivia, a costo del solicitante.

Artículo 2°.- Aprobar el Estatuto Orgánico en XII Títulos y 100 (cien) artículos, así como el Reglamento Interno de CIDRE - IFD, de acuerdo a las Escrituras Públicas N° 54/2016 de fecha 8 de enero de 2016 y N° 1762/2016 de 3 de agosto de 2016, respectivamente, otorgadas por ante Notaria de Fe Pública N° 40 de la Ciudad de Cochabamba a cargo de María Zabalaga Estrada.

Artículo 3°.- La Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través de su área de Archivo Legal procederá al archivo de la documentación presentada por CIDRE - IFD, para los fines del artículo 11 del Reglamento aprobado por la Resolución Ministerial N° 259 de 05 de mayo de 2016.


Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
Fdo. Luis Alberto Arce Catacora MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Resolución Ministerial de 1 de septiembre de 2016
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoRM
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
Sumario18 DE AGOSTO DE 2016.- RECONOCER y OTORGAR personalidad jurídica al CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO REGIONAL INSTITUCIÓN FINANCIERA DE DESARROLLO con sus siglas CIDRE – IFD, con domicilio en la Ciudad de Cochabamba del Departamento de Cochabamba, como entidad que desarrolla actividades financieras en más de un Departamento; disponiendo su inscripción en el registro de Personalidad Jurídica de Entidades Financieras Especiales, bajo la matrícula “RPJ-EFIE-001-TP05”.
KeywordsGaceta 888NEC, Resolución Ministerial, septiembre/2016
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/153935
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 888NEC, 201610a.lexml
CreadorFdo. Luis Alberto Arce Catacora MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-L-N393] Bolivia: Ley de Servicios Financieros, 21 de agosto de 2013
21 DE AGOSTO DE 2013.- LEY DE SERVICIOS FINANCIEROS

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