Bolivia: Reglamento para la Contratación Directa con Recursos del Programa Nacional de Telecomunicaciones de Inclusión Social - PRONTIS, 20 de julio de 2016

REGLAMENTO PARA LA CONTRATACIÓN DIRECTA CON RECURSOS DEL PROGRAMA NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES DE INCLUSIÓN SOCIAL

Capítulo I
Disposiciones generales

Artículo 1°.- (Objeto) El presente Reglamento tiene por objeto normar el procedimiento de Contratación Directa, para la ejecución de proyectos con recursos del Programa Nacional de Telecomunicaciones de Inclusión Social - PRONTIS.

Artículo 2°.- (Ámbito de aplicación) El presente Reglamento, es de aplicación obligatoria en todos los procesos de Contratación Directa para la ejecución de proyectos con recursos del PRONTIS.

Artículo 3°.- (Abreviaciones) En el presente reglamento se utilizarán las siguientes abreviaciones:

MOPSV:Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda.
DGAJ:Dirección General de Asuntos Jurídicos.
DGAA:Dirección General de Asuntos Administrativos.
UEPP:Unidad de Ejecución de Proyectos PRONTIS.
RCPD:Responsable del Proceso de Contratación Directa.
DID:Documento de Invitación Directa.
SICOES:Sistema de Información de Contrataciones Estatales

Capítulo II
Actividades previas

Artículo 4°.- (Responsables) El responsable de Proceso de Contratación Directa será el RPCD.

Artículo 5°.- (Solicitud de inicio del proceso de contratación) En base al proyecto aprobado mediante Resolución Ministerial, la UEPP solicitará el inicio del proceso de contratación directa adjuntando la siguiente documentación:

  1. Informe técnico de inicio de proceso de contratación
  2. DID
  3. Certificación Presupuestaria
  4. Certificación POA
  5. Certificación PAC
  6. Copia de la Resolución Ministerial que aprueba el proyecto a ejecutarse.

Capítulo III
Procedimiento de contratación directa

Artículo 6°.- (Inicio del proceso de contratación y aprobación del DID) El inicio de proceso de contratación directa y la aprobación del DID se realizará mediante la aprobación del RPCD, previa verificación de que se hayan cumplido los requisitos establecidos en el Artículo 5 del presente reglamento.

Artículo 7°.- (Asignación de número de contratación directa) La DGAA asignará el número correlativo al proceso de contratación directa.

Artículo 8°.- (Invitación) El RPCD a través de nota invitará a ENTEL S. A. a que presente su propuesta para ejecutar el proyecto, adjuntando el DID.

Artículo 9°.- (Designación de la Comisión de Calificación) El RPCD por medio de una memorándum designará a la Comisión de Calificación, la que podrá ser integrada por el personal de la UEPP como del MOPSV. La designación se realizará con una anticipación no menor a un (1) día de la apertura de la propuesta.

Artículo 10°.- (Presentación de propuesta)

  1. ENTEL S. A. en el plazo de diez (10) días hábiles posteriores a la invitación presentará la propuesta.
  2. ENTEL S. A. deberá presentar las garantías que señale el DID, conforme corresponda.

Artículo 11°.- (Apertura y evaluación de propuestas) Cumpliendo el plazo de presentación de propuesta, la Comisión de Calificación realizará el acta de apertura de propuesta.
Posteriormente la Comisión de Calificación elaborará un informe de calificación de propuesta en un plazo de hasta cinco (5) días hábiles, recomendando al RPCD la adjudicación o declaratoria de no ejecución de ENTEL S. A.

Artículo 12°.- (Adjudicación) Recibido el informe de la Comisión de Calificación, el RPCD podrá aprobar el informe o solicitar complementaciones al mismo en un plazo no mayor de dos (2) días hábiles.
Una vez aprobado el informe de calificación, el RPCD lo remitirá a la DGAJ para la elaboración de la Resolución Administrativa, mediante la cual adjudicará o declarará desierto el proceso de contratación directa.

Artículo 13°.- (Notificación) La decisión de adjudicación deberá ser notificada por escrito a ENTEL S. A. en un plazo no mayor a dos (2) días hábiles, teniendo un plazo máximo de diez (10) días hábiles computables a partir de la fecha de notificación para la presentación de documentos y garantías para la suscripción del Contrato.
Excepcionalmente y por razones fundamentadas el plazo podrá ser ampliado con cinco (5) días hábiles, debiendo tal ampliación ser aprobada por el RPCD mediante resolución expresa.

Artículo 14°.- (Elaboración y suscripción del contrato)

  1. La DGAJ en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde la presentación de los documentos elaborará el contrato, de acuerdo al contenido establecido en el “Reglamento para el Programa Nacional de Telecomunicaciones de Inclusión Social”.
  2. El contrato será suscrito por la MAE o por la autoridad expresamente delegada para tal efecto conforme a Ley.

Artículo 15°.- (Remisión y registro) Una vez suscrito el contrato, la DGAA deberá remitir la información de la contratación a la Contraloría General del Estado y registrar la contratación en el SICOES en un plazo no mayor a los diez (10) días hábiles.


Reglamento anexo a la RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 235 promulgada el 24 de junio de 2016 por
Milton Claros Hinojosa MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Reglamento para la Contratación Directa con Recursos del Programa Nacional de Telecomunicaciones de Inclusión Social - PRONTIS, 20 de julio de 2016
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoRE
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
Sumario29 DE JUNIO DE 2016.- Reglamento para la Contratación Directa con Recursos del Programa Nacional de Telecomunicaciones de Inclusión Social - PRONTIS, con sus tres Capítulos y quince (15) artículos.
KeywordsGaceta 874NEC, Reglamento, julio/2016
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/153872
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 874NEC, 201607a.lexml
CreadorMilton Claros Hinojosa MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-RM-235-2016] Bolivia: Resolución Ministerial de 20 de julio de 2016
29 DE JUNIO DE 2016.- Aprobar el Reglamento para la Contratación Directa con Recursos del Programa Nacional de Telecomunicaciones de Inclusión Social - PRONTIS, con sus tres Capítulos y quince (15) artículos, cuyo texto en anexo forma parte integrante e indivisible de la presente Resolución Ministerial.

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