Bolivia: Ley Nº 951, 26 de mayo de 2017

Ley Nº 951
LEY DE 23 DE MAYO DE 2017
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- Se declara al Municipio de Camiri, ubicado en la Provincia Cordillera del Departamento de Santa Cruz, como “Capital Petrolera del Estado Plurinacional de Bolivia”, en reconocimiento a su riqueza Hidrocarburífera y su aporte histórico al desarrollo económico y productivo de nuestro País.

Disposición abrogatoria

ÚNICA.- Se abroga el Decreto Ley Nº 07676 de 22 de junio de 1966.


Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Omar Paul Aguilar Condo, María Argene Simoni Cuellar, Sebastián Texeira Rojas, Dulce María Araujo Domínguez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de mayo del año dos mil diecisiete.
Fdo. EVO MORALES AYMA, René Martínez Callahuanca, Luis Alberto Arce Catacora MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS E INTERINO DE HIDROCARBUROS.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 951, 26 de mayo de 2017
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
Sumario23 DE MAYO DE 2017.- Declara al Municipio de Camiri, ubicado en la Provincia Cordillera del Departamento de Santa Cruz, como “Capital Petrolera del Estado Plurinacional de Bolivia”, en reconocimiento a su riqueza Hidrocarburífera y su aporte histórico al desarrollo económico y productivo de nuestro País.
KeywordsGaceta 968NEC, Ley, mayo/2017
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/155587
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 968NEC, 201902b.lexml
CreadorFdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Omar Paul Aguilar Condo, María Argene Simoni Cuellar, Sebastián Texeira Rojas, Dulce María Araujo Domínguez. Fdo. EVO MORALES AYMA, René Martínez Callahuanca, Luis Alberto Arce Catacora MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS E INTERINO DE HIDROCARBUROS.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

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Véase también

[BO-L-N951] Bolivia: Ley Nº 951, 26 de mayo de 2017
23 DE MAYO DE 2017.- Declara al Municipio de Camiri, ubicado en la Provincia Cordillera del Departamento de Santa Cruz, como “Capital Petrolera del Estado Plurinacional de Bolivia”, en reconocimiento a su riqueza Hidrocarburífera y su aporte histórico al desarrollo económico y productivo de nuestro País.

Referencias a esta norma

[BO-DS-N2964] Bolivia: Decreto Supremo Nº 2964, 1 de noviembre de 2016
01 DE NOVIEMBRE DE 2016.- Autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, transferir recursos del Tesoro General de la Nación – TGN por un monto de hasta Bs185.608.919.-, a favor de la Empresa Misicuni, para el Proyecto Múltiple Misicuni del Departamento de Cochabamba.

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