Artículo 1°.- (Objeto) La presente Ley tiene por objeto establecer el plazo excepcional de cinco (5) años en la verificación de la Función Económica Social, aplicable en procedimientos de reversión de la propiedad agraria.
Artículo 2°.- (Finalidad) La presente Ley tiene por finalidad garantizar la Soberanía y Seguridad Alimentaria, incentivando la producción e inversiones en el agro.
Artículo 3°.- (Plazo excepcional)
Norma | Bolivia: Ley Nº 740, 30 de septiembre de 2015 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 29 DE SEPTIEMBRE DE 2015.- LEY DE AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE VERIFICACIÓN DE LA FUNCIÓN ECONÓMICA SOCIAL. | ||||
Keywords | Gaceta 795NEC, Ley, septiembre/2015 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/153340 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 795NEC, 201601a.lexml | ||||
Creador | Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Víctor Ezequiel Borda Belzu, Rubén Medinaceli Ortiz, María Argene Simoni Cuellar, Nelly Lenz Roso, Erik Morón Osinaga. Fdo. EVO MORALES AYMA, Luis Alberto Arce Catacora MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS E INTERINO DE LA PRESIDENCIA, Cesar Hugo Cocarico Yana, María Alexandra Moreira Lopez. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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