Artículo 1°.- Se declara Patrimonio Cultural del pueblo boliviano, al “Carnaval de Padilla”, como expresión viva y de salvaguardia de los valores culturales, ancestrales, tradicionales y populares, así como su gastronomía, danza, música, mitos, costumbres y folclore, que el otorgan identidad nacional y su significativa importancia social y económica para el Departamento de Chuquisaca y de toda Bolivia.
Artículo 2°.- Las entidades territoriales autónomas, en el marco de sus competencias, implementarán normas y políticas interinstitucionales públicas, a fin de proteger monumentos históricos, y de preservar, promocionar y fortalecer el “Carnaval de Padilla”, como manifestación tradicional, popular, actividad turística y económica de interés local, departamental y nacional.
Norma | Bolivia: Ley Nº 633, 19 de enero de 2015 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | 15 DE ENERO DE 2015.- Declara Patrimonio Cultural del pueblo boliviano, al “Carnaval de Padilla”, como expresión viva y de salvaguardia de los valores culturales, ancestrales, tradicionales y populares, así como su gastronomía, danza, música, mitos, costumbres y folclore, que le otorgan identidad nacional y su significativa importancia social y económica para el Departamento de Chuquisaca y de toda Bolivia. | ||||
Keywords | Gaceta 719NEC, Ley, enero/2015 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/152935 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 719NEC, 201501a.lexml | ||||
Creador | Fdo. Eugenio Rojas Apaza, Marcelo William Elío Chávez, Efraín Condori Lopez, Roxana Camargo Fernández, Carlos Aparicio Vedia, Ángel David Cortés Villegas. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Pablo Cesar Groux Canedo, Amanda Dávila Torres. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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