Artículo Único.- De conformidad con el Artículo 158, Parágrafo I Numeral 14, de la Constitución Política del Estado, se ratifica el “Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Destinado a Abolir la Pena de Muerte”, aprobado mediante Resolución Nº 44/128 de 15 de diciembre de 1989, de la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas.
Norma | Bolivia: Ley Nº 358, 21 de abril de 2013 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | De conformidad con el Artículo 158, Parágrafo I Numeral 14, de la Constitución Política del Estado, se ratifica el “Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Destinado a Abolir la Pena de Muerte”, aprobado mediante Resolución Nº 44/128 de 15 de diciembre de 1989, de la Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas. | ||||
Keywords | Gaceta 515NEC, Ley, abril/2013 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/141785 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 515NEC, 201306a.lexml | ||||
Creador | Fdo. Lilly Gabriela Montaño Viaña, Lucio Marca Mamani, Andrés Agustín Villca Daza, Marcelina Chavez Salazar, Marcelo William Elío Chávez, Angel David Cortéz Villegas. Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana Taborga, Cecilia Luisa Ayllon Quinteros, Amanda Dávila Torres. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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