Bolivia: Ley Nº 320, 14 de diciembre de 2012

LEY DE 13 DE DICIEMBRE DE 2012
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Declárase a las Aguas del Silala, recurso natural estratégico del Estado Plurinacional de Bolivia, que está ubicado en la Provincia Sud Lípez del Departamento de Potosí.

Artículo 2°.-

  1. El Gobierno del Nivel Central del Estado Plurinacional de Bolivia, queda encargado de la preservación y el aprovechamiento gradual y progresivo de este recurso natural estratégico, debiendo definir un plan y programas para su uso adecuado y sustentable.
  2. El Gobierno del Nivel Central del Estado Plurinacional de Bolivia, el Gobierno Autónomo Departamental de Potosí y el Gobierno Autónomo Municipal de San Pablo de Lípez, quedan encargados del diseño y ejecución de proyectos, conforme sus competencias establecidas en la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 031 Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez” y la Ley Nº 300 Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien.


Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintisiete días del mes de noviembre de dos mil doce años.
Fdo. Gabriela Montaño Viaña, Rebeca Elvira Delgado Burgoa, Mary Medina Zabaleta, David Sánchez Heredia, Wilson Changaray T., Angel David Cortéz Villegas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil doce.
Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, José Antonio Zamora Gutiérrez, Claudia Stacy Peña Claros, Amanda Dávila Torres.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 320, 14 de diciembre de 2012
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDeclara a las Aguas del Silala, recurso natural estratégico del Estado Plurinacional de Bolivia, que está ubicado en la Provincia Sud Lípez del Departamento de Potosí.
KeywordsGaceta 457NEC, Ley, diciembre/2012
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/141573
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 457NEC, 201301a.lexml
CreadorFdo. Gabriela Montaño Viaña, Rebeca Elvira Delgado Burgoa, Mary Medina Zabaleta, David Sánchez Heredia, Wilson Changaray T., Angel David Cortéz Villegas. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, José Antonio Zamora Gutiérrez, Claudia Stacy Peña Claros, Amanda Dávila Torres.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-L-N31] Bolivia: Ley marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, 19 de julio de 2010
Ley marco de autonomías y descentralización “Andrés Ibáñez”
[BO-L-N300] Bolivia: Ley Marco de la Madre Tierra y Desarrollo Integral para Vivir Bien, 15 de octubre de 2012
LEY MARCO DE LA MADRE TIERRA Y DESARROLLO INTEGRAL PARA VIVIR BIEN

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