Bolivia: Ley Nº 310, 29 de noviembre de 2012

LEY DE 27 DE NOVIEMBRE DE 2012
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Se declara de prioridad nacional la Prospección y Exploración de Recursos Hídricos, que permitirá realizar una evaluación integral del potencial de los recursos hídricos superficiales y subterráneos, en el marco del derecho humano al agua.

Artículo 2°.- El Nivel Central del Estado a través de acuerdos intergubernativos con las entidades territoriales autónomas, priorizará a corto plazo, planes, programas, proyectos y estudios para evaluar de forma integral la Prospección y Exploración de Recursos Hídricos Superficiales y Subterráneos, iniciando los mismos en el Departamento de La Paz, en el marco de la distribución de competencias establecidas en la Constitución Política del Estado y la Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”.


Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los siete días del mes de noviembre de dos mil doce años.
Fdo. Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rebeca Elvira Delgado Burgoa, Mary Medina Zabaleta, María Elena Méndez León, Wilson Changaray T., Luis Alfaro Arias.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil doce años.
Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, José Antonio Zamora Gutiérrez, Claudia Stacy Peña Claros, Amanda Dávila Torres.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 310, 29 de noviembre de 2012
Fecha2024-04-06FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDeclara de prioridad nacional la Prospección y Exploración de Recursos Hídricos, que permitirá realizar una evaluación integral del potencial de los recursos hídricos superficiales y subterráneos, en el marco del derecho humano al agua.
KeywordsGaceta 446NEC, Ley, noviembre/2012
Origenhttp://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/141534
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 446NEC, 201212a.lexml
CreadorFdo. Lilly Gabriela Montaño Viaña, Rebeca Elvira Delgado Burgoa, Mary Medina Zabaleta, María Elena Méndez León, Wilson Changaray T., Luis Alfaro Arias. Fdo. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, José Antonio Zamora Gutiérrez, Claudia Stacy Peña Claros, Amanda Dávila Torres.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-CPE-20090207] Bolivia: Constitución Política del Estado de 2009, 7 de febrero de 2009
Constitución Política del Estado de 2009
[BO-L-N31] Bolivia: Ley marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”, 19 de julio de 2010
Ley marco de autonomías y descentralización “Andrés Ibáñez”

Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerlas e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.