Artículo 1°.- Se ratifica el “Acuerdo entre la República de Bolivia y la República de Chile para la Cooperación entre la Policía Nacional de Bolivia y Carabineros de Chile”, suscrito en Santiago de Chile el 21 de noviembre de 2008.
Artículo 2°.- El Órgano Ejecutivo a través de una Declaración Interpretativa, deberá comunicar al Gobierno de la Republica de Chile, que las denominaciones de “República de Bolivia” y “Policía Nacional” deberán entenderse como “Estado Plurinacional de Bolivia” y “Policía Boliviana”, de conformidad con la Constitución Política del Estado, promulgada el 7 de febrero de 2009.
Norma | Bolivia: Ley Nº 30, 14 de julio de 2010 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Ratifica el “Acuerdo entre la República de Bolivia y la República de Chile para la Cooperación entre la Policía Nacional de Bolivia y Carabineros de Chile”, suscrito en Santiago de Chile el 21 de noviembre de 2008. | ||||
Keywords | Gaceta 153NEC, 2010-07-15, Ley, julio/2010 | ||||
Origen | http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/verGratis/133145 | ||||
Referencias | Gaceta 153NEC,2010-07-15, ncpe.lexml | ||||
Creador | Fdo. René Oscar Martínez Callahuanca, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Andrés A. Villca Daza, Clementina Garnica Cruz, Pedro Nuny Caity, José Antonio Yucra Paredes. Fdo. EVO MORALES AYMA, David Choquehuanca Céspedes, Oscar Coca Antezana, Sacha Sergio Llorentty Soliz. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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