Artículo 1°.- (Objeto) Se declara día nacional de la danza «LA KULLAWADA», el 31 de enero de cada año, en conmemoración a la fecha de nacimiento del músico y compositor nacional Luis Carrión.
Artículo 2°.- (Celebración) La celebración del día nacional de la danza «LA KULLAWADA» se desarrollará en todas las regiones del territorio boliviano donde se practica la misma.
Artículo 3°.- (Políticas públicas) El Ministerio de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización y las entidades territoriales autónomas del país, en el marco de sus competencias, coordinarán con las organizaciones involucradas con la danza «LA KULLAWADA» el cumplimiento y ejecución dentro del territorio boliviano.
Artículo 4°.- (Promoción y difusión)
Artículo 5°.- (Postulación ante la UNESCO) El Ministerio de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización, queda encargado de aprobar la postulación de la danza «LA KULLAWADA» como Patrimonio Cultural e Inmaterial de la Humanidad ante la UNESCO y el Ministerio de Relaciones Exteriores gestionará dicha postulación.
| Norma | Bolivia: Ley Nº 1654, 24 de octubre de 2025 | ||||
|---|---|---|---|---|---|
| Fecha | 2025-11-01 | Formato | Text | Tipo | L |
| Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
| Sumario | Declara día nacional de la danza “LA KULLAWADA”, el 31 de enero de cada año, en conmemoración a la fecha de nacimiento del músico y compositor nacional Luis Carrión. | ||||
| Keywords | Gaceta 1957NEC, Ley, octubre/2025 | ||||
| Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/1957NEC | ||||
| Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1957NEC, 202509b.lexml | ||||
| Creador | Fdo. Andrónico Rodríguez Ledezma, Omar Al Yabhat Yujra Santos, Roberto Padilla Bedoya, Gustavo Vega Piña, Claudia Elena Egüez Algarañaz, José Maldonado Gemio. Fdo. Luis Alberto Arce Catacora, Maria Nela Prada Tejada, Esperanza Guevara, Celinda Sosa Lunda. | ||||
| Contribuidor | DeveNet.net | ||||
| Publicador | DeveNet.net | ||||
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