Artículo 1°.- Se declara Patrimonio Cultural Inmaterial del Estado Plurinacional de Bolivia a la «Fiesta del Jueves de Comadres», en el Municipio de Tarija Provincia Cercado, el último jueves antes de la celebración del carnaval chapaco, como manifestación genuina de costumbres culturales y tradicionales.
Artículo 2°.- El Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización, en coordinación con el Gobierno Autónomo Departamental de Tarija, el Gobierno Autónomo Municipal de Tarija, junto a otras entidades territoriales autónomas del departamento, además de los actores y portadores del patrimonio cultural en el marco de sus competencias y atribuciones, quedan encargados de formular políticas de protección, promoción, recuperación y salvaguardia de la música, danza, vestimenta, canasta tradicional y demás actos comprendidos en la realización de la «Fiesta del Jueves de Comadres» en Tarija.
Artículo 3°.- El Ministerio de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización y el Ministerio de Relaciones Exteriores quedan encargados de aprobar y gestionar respectivamente la postulación de la «Fiesta del Jueves de Comadres» que se realiza en Tarija, como Patrimonio Cultural e Inmaterial de la Humanidad ante la UNESCO, en el marco de la Ley Nº 530, Ley del Patrimonio Cultural Boliviano, de 23 de mayo de 2014.
Norma | Bolivia: Ley Nº 1619, 27 de febrero de 2025 | ||||
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Fecha | 2025-05-04 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Declara Patrimonio Cultural Inmaterial del Estado Plurinacional de Bolivia a la “Fiesta del Jueves de Comadres”, en el Municipio de Tarija Provincia Cercado, el último jueves antes de la celebración del carnaval chapaco, como manifestación genuina de costumbres culturales y tradicionales. | ||||
Keywords | Gaceta 1864NEC, Ley, febrero/2025 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/280634 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1864NEC, 202503a.lexml | ||||
Creador | |||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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