Artículo 1°.- (Objeto) La presente Ley tiene por objeto la condonación de la deuda y el repago de la misma, de la Empresa Local de Agua Potable y Alcantarillado (ELAPAS) Sucre, y de la Administración Autónoma Para Obras Sanitarias (AAPOS) en Potosí, al Gobierno del nivel central del Estado, para garantizar el abastecimiento de agua potable y saneamiento básico en los Municipios de Sucre y Potosí.
Artículo 2°.- (De los recursos económicos)
Artículo 3°.- (De la fiscalización) EI Ministerio de Medio Ambiente y Agua, a través de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Agua Potable y Saneamiento Básico (AAPS), realizará el seguimiento y la fiscalización anual, a objeto de garantizar la correcta inversión de los recursos condonados, establecidos en el Artículo 2 de la presente Ley, a proyectos y obras de abastecimiento de agua potable y saneamiento básico en beneficio de la población de sus respectivos municipios.
Única .- Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias a la presente Ley.
Norma | Bolivia: Ley para garantizar el abastecimiento de agua potable y saneamiento básico en los municipios de Sucre y Potosí, 1 de octubre de 2024 | ||||
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Fecha | 2024-10-06 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | LEY PARA GARANTIZAR EL ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO EN LOS MUNICIPIOS DE SUCRE Y POTOSÍ. | ||||
Keywords | Gaceta 1808NEC, Ley, octubre/2024 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/280469 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1808NEC, 202410a.lexml | ||||
Creador | David Choquehuanca Céspedes PRESIDENTE ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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