Bolivia: Ley Nº 1547, 4 de enero de 2024

Ley Nº 1547
LEY DE 04 DE ENERO DE 2024
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Se declara Héroe Nacional al «Coronel Pedro Arraya», que luchó por la independencia de Bolivia en la Batalla de Suipacha.

Artículo 2°.- El Órgano Ejecutivo, en coordinación con el Gobierno Autónomo Departamental de Potosí y el Gobierno Autónomo Municipal de Tupiza, en el marco de sus competencias, implementaran políticas de promoción y difusión de este héroe de la independencia de Bolivia.


Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales
Es dado en la sala de sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés.
FDO. Andrónico Rodríguez Ledezma. Israel Huaytari Martínez, Pedro Benjamín Vargas Fernández, Rosario García Onofre, Lindaura Rasguido Mejía, José Maldonado Gemio.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de enero del año dos mil veinticuatro.
FDO. Luis Alberto Arce Catacora, Maria Nela Prada Tejada.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1547, 4 de enero de 2024
Fecha2024-02-17FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDeclara Héroe Nacional al “Coronel Pedro Arraya”, que luchó por la independencia de Bolivia en la Batalla de Suipacha.
KeywordsGaceta 1719NEC, Ley, enero/2024
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/169314
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1719NEC, 202401a.lexml
Creador
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos


Nota importante

Lexivox ofrece esta publicación de normas como una ayuda para facilitar su identificación en la búsqueda conceptual vía WEB.

El presente documento, de ninguna manera puede ser utilizado como una referencia legal, ya que dicha atribución corresponde a la Gaceta Oficial de Bolivia.

Lexivox procura mantener el texto original de la norma; sin embargo, si encuentra modificaciones o alteraciones con respecto al texto original, sírvase comunicarnos para corregirlas y lograr una mayor perfección en nuestras publicaciones.

Toda sugerencia para mejorar el contenido de la norma, en cuanto a fidelidad con el original, etiquetas, metainformación, gráficos o prestaciones del sistema, estamos interesados en conocerla e implementarla.

La progresiva mejora en la calidad de Lexivox, es un asunto de la comunidad. Los resultados, son de uso y beneficio de la comunidad.

LexiVox es un Sistema Web de Información desarrollado utilizando herramientas y aplicaciones de software libre, por Devenet SRL en el Estado Plurinacional de Bolivia.