Bolivia: Ley para la conclusión de renovación de licencia de operadores de radiodifusión, 13 de octubre de 2020

Ley Nº 1333
LEY DE 13 DE OCTUBRE DE 2020
JEANINE AÑEZ CHÁVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
LEY PARA LA CONCLUSIÓN DE RENOVACIÓN DE LICENCIA DE OPERADORES DE RADIODIFUSIÓN

Artículo Único.- Por la declaratoria de cuarentena, se establece un plazo excepcional para la conclusión del trámite de renovación de licencia hasta el 26 de febrero de 2021, para aquellos operadores de radiodifusión que hubieran presentado su solicitud de renovación, en el marco de la Ley Nº 829 de 31 de agosto de 2016, de Adecuación para Operadores de Radiodifusión, su reglamento y lo establecido por la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes - ATT, debiéndose cumplir con las obligaciones establecidas en la normativa vigente.


Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintitrés días del mes de septiembre del año dos mil veinte.
FDO. Mónica Eva Copa Murga, Eddy Henrry Cabrera Carlo, Noemí Natividad Díaz Taborga, Adela Cussi Camata, Sandra Cartagena Lopez, Nelly Lenz Roso.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de octubre del año dos mil veinte.
FDO. JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ, Yerko M. Núñez Negrette, Iván Arias Durán.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley para la conclusión de renovación de licencia de operadores de radiodifusión, 13 de octubre de 2020
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioEstablece un plazo excepcional para la conclusión del trámite de renovación de licencia hasta el 26 de febrero de 2021, para aquellos operadores de radiodifusión que hubieran presentado su solicitud de renovación, en el marco de la Ley N° 829 de 31 de agosto de 2016, de Adecuación para Operadores de Radiodifusión, su reglamento y lo establecido por la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes – ATT, debiéndose cumplir con las obligaciones establecidas en la normativa vigente.
KeywordsGaceta 1320NEC, Ley, octubre/2020
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/168253
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1320NEC, 202011a.lexml
CreadorFDO. Mónica Eva Copa Murga, Eddy Henrry Cabrera Carlo, Noemí Natividad Díaz Taborga, Adela Cussi Camata, Sandra Cartagena Lopez, Nelly Lenz Roso. FDO. JEANINE ÁÑEZ CHÁVEZ, Yerko M. Núñez Negrette, Iván Arias Durán.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1333] Bolivia: Ley del Medio ambiente, 27 de marzo de 1992
Ley de Medio ambiente
[BO-L-N829] Bolivia: Ley de adecuación para operadores de radiodifusión, 1 de septiembre de 2016
31 DE AGOSTO DE 2016.- LEY DE ADECUACIÓN PARA OPERADORES DE RADIODIFUSIÓN.

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