Artículo Único.- Se establece un plazo excepcional para la conclusión del trámite de renovación de licencia, para aquellos operadores de radiodifusión que hubieran presentado su solicitud de renovación, en el marco de la Ley Nº 829 de 31 de agosto de 2016, de Adecuación para Operadores de Radiodifusión, su reglamento y lo establecido por la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes - ATT, hasta el 30 de abril de 2020 debiéndose cumplir con las obligaciones establecidas en la normativa vigente.
Norma | Bolivia: Ley excepcional para la conclusión del trámite de renovación de licencia de operadores de radiodifusión, 10 de febrero de 2020 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Establece un plazo excepcional para la conclusión del trámite de renovación de licencia, para aquellos operadores de radiodifusión que hubieran presentado su solicitud de renovación, en el marco de la Ley N° 829 de 31 de agosto de 2016, de Adecuación para Operadores de Radiodifusión, su reglamento y lo establecido por la Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes – ATT, hasta el 30 de abril de 2020 debiéndose cumplir con las obligaciones establecidas en la normativa vigente. | ||||
Keywords | Gaceta 1235NEC, Ley, febrero/2020 | ||||
Origen | http://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/167976 | ||||
Referencias | Gaceta Oficial de Bolivia 1235NEC, 202005a.lexml | ||||
Creador | FDO. Mónica Eva Copa Murga, Simón Sergio Choque Siñani, Noemi Natividad Díaz Taborga, Eliana Mercier Herrera, Sandra Cartagena López, Ginna María Torrez Saracho. FDO. JEANINE AÑEZ CHAVEZ, Yerko M. Núñez Negrette, Iván Arias Durán. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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