Bolivia: Ley Nº 1277, 10 de febrero de 2020

Ley Nº 1277
LEY DE 10 DE FEBRERO DE 2020
JEANINE AÑEZ CHAVEZ
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Se declara Patrimonio Cultural Material Inmueble del Estado Plurinacional de Bolivia, al conjunto arquitectónico “Iglesia San Miguel de Challacota”, compuesta por la capilla exterior, el muro atrial, el atrio e ingreso principal, ubicado en el Municipio de Salinas de Garcí Mendoza, Provincia Ladislao Cabrera del Departamento de Oruro.

Artículo 2°.- El Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Culturas y Turismo, en coordinación con las entidades territoriales autónomas correspondientes, en el marco de sus competencias, quedan encargados de formular políticas de promoción, preservación, fomento y difusión del conjunto arquitectónico “Iglesia San Miguel de Challacota”.


Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los treinta días del mes de enero del año dos mil veinte.
FDO. Mónica Eva Copa Murga, Simón Sergio Choque Siñani, Noemi Natividad Díaz Taborga, Eliana Mercier Herrera, Sandra Cartagena López, Ginna María Torrez Saracho.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de febrero del año dos mil veinte.
FDO. JEANINE AÑEZ CHAVEZ, Yerko M. Núñez Negrette, Martha Yujra Apaza.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1277, 10 de febrero de 2020
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDeclara Patrimonio Cultural Material Inmueble del Estado Plurinacional de Bolivia, al conjunto arquitectónico “Iglesia San Miguel de Challacota”, compuesta por la capilla exterior, el muro atrial, el atrio e ingreso principal, ubicado en el Municipio de Salinas de Garcí Mendoza, Provincia Ladislao Cabrera del Departamento de Oruro.
KeywordsGaceta 1235NEC, Ley, febrero/2020
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/167974
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1235NEC, 202005a.lexml
CreadorFDO. Mónica Eva Copa Murga, Simón Sergio Choque Siñani, Noemi Natividad Díaz Taborga, Eliana Mercier Herrera, Sandra Cartagena López, Ginna María Torrez Saracho. FDO. JEANINE AÑEZ CHAVEZ, Yerko M. Núñez Negrette, Martha Yujra Apaza.
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1277] Bolivia: Ley Nº 1277, 14 de octubre de 1991
Electrificación. Declárase de necesidad nacional para los pueblos de las Provincias linares y nor chichas de Potosí
[BO-L-N1277] Bolivia: Ley Nº 1277, 10 de febrero de 2020
Declara Patrimonio Cultural Material Inmueble del Estado Plurinacional de Bolivia, al conjunto arquitectónico “Iglesia San Miguel de Challacota”, compuesta por la capilla exterior, el muro atrial, el atrio e ingreso principal, ubicado en el Municipio de Salinas de Garcí Mendoza, Provincia Ladislao Cabrera del Departamento de Oruro.

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