Bolivia: Ley Nº 1238, 4 de octubre de 2019

Ley Nº 1238
LEY DE 03 DE OCTUBRE DE 2019
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.-

  1. Se declara del 1 al 7 de julio de cada año, la “Semana Nacional de las Personas Ciegas o con Discapacidad Visual” en el Estado Plurinacional de Bolivia.
  2. El nivel central del Estado en coordinación con las entidades territoriales autónomas, en el marco de sus competencias, implementarán actos culturales, artísticos, deportivos y sociales, a fin de promover la igualdad de condiciones, equiparación de oportunidades y el goce pleno de los derechos de las personas ciegas o con discapacidad visual.

    Disposición final

Única .- La implementación de la presente Ley se financiará al interior del presupuesto institucional de las entidades involucradas y no representará recursos adicionales del Tesoro General de la Nación - TGN.

Disposición abrogatoria y derogatoria

Única .- Se abrogan y derogan todas las disposiciones contrarias a la presente Ley.


Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los diecinueve días del mes de septiembre del año dos mil diecinueve.
FDO. Ruben Medinaceli Ortíz, Víctor Ezequiel Borda Belzu, Omar Paul Aguilar Condo, Eliana Mercier Herrera, Nelly Lenz Roso, Sandra Cartagena Lopez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de octubre del año dos mil diecinueve.
FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Héctor Enrique Arce Zaconeta, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Wilma Alanoca Mamani, Tito Rolando Montaño Rivera.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 1238, 4 de octubre de 2019
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDeclara del 1 al 7 de julio de cada año, la “Semana Nacional de las Personas Ciegas o con Discapacidad Visual” en el Estado Plurinacional de Bolivia.
KeywordsGaceta 1202NEC, Ley, octubre/2019
Origenhttp://gacetaoficialdebolivia.gob.bo/normas/descargar/166022
ReferenciasGaceta Oficial de Bolivia 1202NEC, 201910a.lexml
Creador
ContribuidorDeveNet.net
PublicadorDeveNet.net

Enlaces con otros documentos

Véase también

[BO-L-1238] Bolivia: Ley Nº 1238, 18 de febrero de 1991
Se declara prioridad nacional, el desarrollo integral de la frontera sudeste - Tarija, con las Repúblicas de Argentina y Paraguay
[BO-L-N1238] Bolivia: Ley Nº 1238, 4 de octubre de 2019
Declara del 1 al 7 de julio de cada año, la “Semana Nacional de las Personas Ciegas o con Discapacidad Visual” en el Estado Plurinacional de Bolivia.

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