Artículo Único.- Se aprueba la Recomendación Nº 151 (1975), adoptada por al Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo congregada en Ginebra el 4 de junio de 1975, en su sexagésima reunión.
Norma | Bolivia: Ley Nº 984, 2 de marzo de 1988 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Se aprueba la recomendación N° 151 (1975), adoptada por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) | ||||
Keywords | Ley, marzo/1988 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=984 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. H. Ciro Humboldt Barrero.- PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Walter Soriano Lea Plaza.- PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. Oscar Lazcano Henry.- SENADOR SECRETARIO.- H. Alfredo Cuellar Vargas.- SENADOR SECRETARIO.- H. Gonzalo Simbrón García.- DIPUTADO SECRETARIO.- H. Fernando Kieffer G.- DIPUTADO SECRETARIO.- Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO.- Guillermo Bedregal Gutiérrez.- Ministro de Relaciones Exteriores y Culto. Dr. Alfredo Franco Guachalla.- Ministro de Trabajo. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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