Bolivia: Ley Nº 896, 10 de noviembre de 1986

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:

Artículo 1°.- Por reunir las condiciones necesarias, quedan elevadas a categoría de ciudades las siguientes poblaciones: Villazón, capital de la provincia Modesto Omiste; Tupiza, capital de la provincia Sur Chichas; Uyuni, capital de la provincia Quijarro; Uncía, capital de la provincia Bustillo, y Llallagua de la tercera sección de la provincia Bustillo todas del Departamento de Potosí.

Artículo 2°.- En consecuencia, las indicadas ciudades, a partir de la fecha de promulgación de la presente ley, gozarán de las prerrogativas en los aspectos administrativos, políticos, económicos y otras inherentes a su categoría.


Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los seis días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y seis años.
H. CIRO HUMBOLDT BARRERO, Presidente del H. Senado Nacional.- H. Willy Vargas Vacaflor, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Jaime Villegas Duran, Senador Secretario.- H. Alfredo Cuellar Vargas, Senador Secretario.- H. Gonzalo Simbrón García, Diputado Secretario.- H. Fernando Kieffer Guzmán., Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y seis años.
VICTOR PAZ ESTENSSORO, Presidente Constitucional de la República.- Lic. Fernando Barthelemy Martínez, Ministro del Interior, Migración.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 896, 10 de noviembre de 1986
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioCiudades: Villazón; Tupiza; Uyuni; única; Llallagua, en Potosí. Se elevan a esa categoría
KeywordsLey, noviembre/1986
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=896
Referencias0001-4031.lexml
CreadorH. CIRO HUMBOLDT BARRERO, Presidente del H. Senado Nacional.- H. Willy Vargas Vacaflor, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Jaime Villegas Duran, Senador Secretario.- H. Alfredo Cuellar Vargas, Senador Secretario.- H. Gonzalo Simbrón García, Diputado Secretario.- H. Fernando Kieffer Guzmán., Diputado Secretario. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Presidente Constitucional de la República.- Lic. Fernando Barthelemy Martínez, Ministro del Interior, Migración.
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