Bolivia: Ley Nº 890, 21 de octubre de 1986

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:

Artículo 1°.- Autorízase al Poder Ejecutivo suscribir con la Corporación Andina de Fomento (CAF) un contrato de préstamo por QUIENCE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOLARES AMERICANOS ($us. 15.975.000.-), para el mantenimiento vial de los distritos del sur.

Artículo 2°.- Elévase a categoría de ley el Decreto Supremo Nº 21216, de 11 de abril de 1986 años, referido al contrato internacional.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional
La Paz, 14 de octubre de 1986.
H. CIRO HUMBOLDT BARRERO, Presidente del H. Senado Nacional.- H. Willy Vargas Vacaflor, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Jaime Villegas Duran, Senador Secretario.- H. Oscar Lazcano Henry, Senador Secretario.- H. Hedim Céspedes Cossio, Diputado Secretario.- H. Walter Humberto Zuleta R, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y seis años.
VICTOR PAZ ESTENSSORO, Presidente Constitucional de la República.- Ing. Andres Petricevic Raznatovic, Ministro de Transporte y Comunicaciones,. - Lic. Juan L. Cariaga, Ministro de Finanzas.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 890, 21 de octubre de 1986
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioContrato con la CAF. Elévase a ley el DS 21213 de 11 de abril de 1986, que aprueba el Préstamo por $us. 15.975.000, destinado al mantenimiento vial de los distritos del sur
KeywordsLey, octubre/1986
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=890
Referencias0001-4031.lexml
CreadorH. CIRO HUMBOLDT BARRERO, Presidente del H. Senado Nacional.- H. Willy Vargas Vacaflor, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Jaime Villegas Duran, Senador Secretario.- H. Oscar Lazcano Henry, Senador Secretario.- H. Hedim Céspedes Cossio, Diputado Secretario.- H. Walter Humberto Zuleta R, Diputado Secretario. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Presidente Constitucional de la República.- Ing. Andres Petricevic Raznatovic, Ministro de Transporte y Comunicaciones,. - Lic. Juan L. Cariaga, Ministro de Finanzas.
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