Artículo Único.- Dispónese la adhesión de la República de Bolivia a la celebración del Año Internacional de la Paz, acordada por la Organización de las Naciones Unidas, y declárase a 1986 el Año Internacional de la Paz.
Norma | Bolivia: Ley Nº 837, 11 de abril de 1986 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Dispónese la adhesión de la República de bolivia a la celebración del año internacional de la paz, acordada por la organización de las naciones Unidas, y Declárase a 1986 el año internacional de la paz | ||||
Keywords | Ley, abril/1986 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=837 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | H. OSCAR ZAMORA MEDINACELLI. Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde. Presidente Honorable Cámara de Diputados. H. Jaime Villegas Durán. Senador Secretario.- H. Luis Pelaez Rioja. Senador Secretario. H: Agustín Ameller Gatica. Diputado Secretario.- H. Guillermo Richter Ascimani. Diputado Secretario. Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO. Presidente Constitucional de la República.- Guillermo Bedregal. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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