Artículo 1°.- Destínase el 80% del pago del impuesto sucesorio a la testamentaria del que en vida fue señor Juan Adad, con destino a la conclusión del edificio del Liceo de Señoritas “Mario Saielli” y adquisición de utensilios y menaje para el mencionado plantel educacional.
Artículo 2°.- La recaudación total del impuesto mencionado será depositado en la Agencia del Banco Central de Bolivia, en Trinidad Beni, a la orden del Comité Pro Edificio del Liceo de Señoritas “Mario Saielli”
Artículo 3°.- Los fondos de esta testamentaría serán manejados por la Junta de Auxilio Escolar Departamental del Beni, de acuerdo a Ley.
Norma | Bolivia: Ley Nº 81, 5 de enero de 1961 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Testamentaria, Juan Adad | ||||
Keywords | Ley, enero/1961 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=81 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Mario Torrez C., Presidente del H. Senado Nacional; Ernesto. Ayala Mercado, Presidente de la Cámara de Diputados; Fernando Ayala Requena, Senador Secretario; Alberto Lavadenz Rivera, Senador Secretario; Guillermo Muñoz de la Barra, Diputado Secretario; Armando Mollinedo, Diputado Secretario. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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