Artículo 1°.- Declárase monumento nacional al inmueble ubicado en la calle Sucre Nos. 78 al 82 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, de propiedad de la Alcaldía Municipal de esa ciudad, en razón de su valor histórico y artístico.
Artículo 2°.- Se encomienda a la Sociedad de Estudios Geográficos e Históricos de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra la custodia, preservación y mantenimiento, a perpetuidad, de este monumento nacional, donde funcionará el Museo Histórico de ese Departamento. La Sociedad de Estudios Geográficos e Históricos de Santa Cruz coordinará sus actividades con la Casa de la Cultura Raúl Otero Reich de Santa Cruz.
Artículo 3°.- La Alcaldía Municipal, la Casa de la Cultura de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, en coordinación con los Ministerios de Educación y de Urbanismo y Vivienda realizarán los estudios necesarios para restaurar el monumento y procederá a ejecutar las obras correspondientes, preservando la estructura original del inmueble que es expresión del estilo colonial.
Norma | Bolivia: Ley Nº 782, 7 de febrero de 1986 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Declárese monumento nacional al inmueble ubicado en la calle sucre n° 78 al 82 de Santa Cruz | ||||
Keywords | Ley, febrero/1986 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=782 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | H. JULIO GARRET AILLON. Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde. Presidente Honorable Cámara de Diputados. -. H. Luis Pelaez Rioja. Senador Secretario.- H. Luis Añez Alvarez. Senador Secretario.- H. Guillermo Ritcher Ascimani Diputado Secretario.- H. Jorge Kohler Salas. Diputado Secretario. Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO. Presidente Constitucional de la República.- Dr. Enrique Ipiña Melgar. Ministerio de Educación y Cultura. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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