Bolivia: Ley Nº 779, 3 de febrero de 1986

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo Único.- Se aprueba la ratificación del Tratado sobre Ejecución de Sentencias Penales (extradición y traslado de detenidos), suscrito por el Gobierno de la República de Bolivia con el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, el 9 de diciembre de 1985


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintinueve días del mes de enero de mil novecientos ochenta y seis años.
H. OSCAR ZAMORA MEDINACELLI. Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde. Presidente Honorable Cámara de Diputados. -. H. Luis Pelaez Rioja. Senador Secretario.- H. Jaime Villegas Durán. Senador Secretario.- H. Guillermo Ritcher Ascimani Diputado Secretario.- H. Alvaro Pérez del Castillo. Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los tres días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y seis años.
Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO. Presidente Constitucional de la República.- Guillermo Bedregal Gutiérrez. Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 779, 3 de febrero de 1986
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAprueba la ratificación del tratado sobre ejecución de sentencias penales
KeywordsLey, febrero/1986
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=779
Referencias0001-4031.lexml
CreadorH. OSCAR ZAMORA MEDINACELLI. Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde. Presidente Honorable Cámara de Diputados. -. H. Luis Pelaez Rioja. Senador Secretario.- H. Jaime Villegas Durán. Senador Secretario.- H. Guillermo Ritcher Ascimani Diputado Secretario.- H. Alvaro Pérez del Castillo. Diputado Secretario. Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO. Presidente Constitucional de la República.- Guillermo Bedregal Gutiérrez. Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.
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