Bolivia: Ley Nº 758, 30 de abril de 1985

HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:

Artículo 1°.- Declárase de prioridad e interés nacional, la construcción del aeropuerto Internacional de la ciudad de Yacuiba del departamento de Tarija, que comprende: Pista de hormigón asfáltico, calle de rodaje de hormigón asfáltico, plataforma de pavimento rígido, edificio terminal de pasajeros del aeropuerto.

Artículo 2°.- Para ejecutar el proyecto del aeropuerto Internacional de Yacuiba, se autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar una licitación internacional con financiamiento a través de un empréstito de fondos del exterior.

Artículo 3°.- El Ministerio de Aeronáutica y la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea (AASANA) incluirán en sus programas de inversiones, a partir de la gestión de 1985, el proyecto del aeropuerto internacional mencionado en los anteriores artículos.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 12 de abril de 1985.
Fdo. H. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. SAMUEL GALLARDO LOZADA, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Luis Pelaez Rioja, Senador Secretario.- H. Guido Camacho Rodríguez, Diputado Secretario.- H. Jaime Villegas Duran, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de abril de mil novecientos ochenta y cinco años.
HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Gral. Brig. Aé. Antonio Arnez Camacho, Ministro de Aeronáutica.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 758, 30 de abril de 1985
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAeropuerto internacional de Yacuiba, se declara de prioridad su construcción
KeywordsLey, abril/1985
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=758
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. H. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. SAMUEL GALLARDO LOZADA, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Luis Pelaez Rioja, Senador Secretario.- H. Guido Camacho Rodríguez, Diputado Secretario.- H. Jaime Villegas Duran, Diputado Secretario. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Gral. Brig. Aé. Antonio Arnez Camacho, Ministro de Aeronáutica.
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