Artículo 1°.- Declárase AÑO DEL BICENTENARIO DEL NACIMIENTO LA HEROINA DE LA INDEPENDENCIA DOÑA VICENTA JUARISTI EGUINO a 1985, que será celebrado en todo el territorio nacional, a cuyo efecto el Ministerio de Educación y Cultura, organizará el Comité Nacional que realce el magno acontecimiento en todo la República.
Artículo 2°.- El Poder Ejecutivo, mediante disposición expresa, autorizará y encomendará la emisión de sellos postales con la efigie de doña Vicenta Juaristi Eguino en homenaje recordatorio del bicentenario de su nacimiento.
Artículo 3°.- Declárase el día 3 de abril de 1985, feriado nacional, sin suspensión de actividades públicas ni privadas, en el departamento de La Paz.
Norma | Bolivia: Ley Nº 726, 6 de marzo de 1985 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Año del bicentenario de la heroína de la independencia doña Vicenta Juaristi Eguino, se declara a 1985 | ||||
Keywords | Ley, marzo/1985 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=726 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | H. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. SAMUEL GALLARDO LOZADA, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Mario Rolón Anaya, Senador Secretario.- H. Guido Camacho Rodríguez, Diputado Secretario.- H. Guillermo Richter A, Diputado Secretario. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Cesar Chavez Taborga, Ministro de Educación y Cultura. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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