Artículo 1°.- Se destina la cantidad de hasta doscientos millones de pesos bolivianos y se autoriza al Poder Ejecutivo su desembolso en forma prioritaria, con cargo a la partida de asignaciones globales del Presupuesto General de la Nación, para erigir un monumento al Cnl. José Eustaquio Méndez, en la ciudad de Tarija, en ocasión de la celebración del bicentenario de su nacimiento.
Artículo 2°.- La administración de los fondos previstos en el artículo anterior estará a cargo de un comité pro monumento al Cnl. José Eustaquio Méndez, constituido de la siguiente manera.
Artículo 3°.- Todos los desembolsos financieros serán efectuados con previa aprobación del Comité y con la intervención de la Contraloría Departamental de Tarija.
Norma | Bolivia: Ley Nº 624, 1 de abril de 1984 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Monumento, se destinan fondos para la erección en homenaje a José Eustaquio Méndez | ||||
Keywords | Ley, abril/1984 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=624 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | H. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUALBERTO CLAURE ORTUÑO, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Jorge Arteaga F., Senador Secretario.- H. Jorge Justiniano B., Senador Secretario.- H. Alfonso Ferrufino Valderrama, Diputado Secretario.- H. Federico Alvarez Plata P., Diputado Secretario. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Fernando Baptista Gumucio, Ministro de Finanzas. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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