Artículo 1°.- Declárase el año 1984 “Año del bicentenario del natalicio del héroe de la independencia Cnl. José Eustaquio Méndez”, que será realzado en todo el territorio nacional.
Artículo 2°.- Se autoriza al Ministerio de Educación y Cultura, a crear y organizar el Comité Nacional que realce el magno acontecimiento. A nivel departamental, esta responsabilidad se encomienda a la Prefectura y a la H. Municipalidad de Tarija. Ambas organizaciones coordinarán sus fines y propósitos y las obras concretas que enaltezcan la figura del prócer americano y beneficien a la provincia Méndez del Departamento de Tarija, lugar del nacimiento del Cnl, José Eustaquio Méndez.
Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo, mediante disposición legal correspondiente, autorizará y encomendará la emisión de sellos postales donde se imprima la efigie o semblanza del prócer y la recordación del mago acontecimiento.
Artículo 4°.- Se dispone que el Poder Ejecutivo consigne dentro del Presupuesto General de la Nación de 1984, las siguientes partidas destinadas a: infraestructura turística de San Lorenzo, por una suma de veinticinco millones de pesos bolivianos ($b. 25.000.000), para asfaltado del tramo Tomatitas - San Lorenzo la suma de ochocientos cincuenta millones de pesos bolivianos ($b. 850.000.000) y para promoción artesanal, cultural y artística, bajo responsabilidad del Comité Departamental del bicentenario del nacimiento del héroe nacional Cnl. José Eustaquio Méndez, la suma de veinte millones de pesos bolivianos ($b. 20.000.000).
Norma | Bolivia: Ley Nº 623, 31 de marzo de 1984 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Año del bicentenario del natalicio del Cnel. Jose Eustaquio Méndez, declarase a 1984 | ||||
Keywords | Ley, marzo/1984 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=623 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | H. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUALBERTO CLAURE ORTUÑO, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Heberto Castedo Lladó, Senador Secretario.- H. Ramiro Barrenechea Zambrana, Diputado Secretario.- H. Alfonso Ferrufino Valderrama, Diputado Secretario. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Dr. Alcides Alvarado Daza, Ministro de Educación y Cultura. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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