Bolivia: Ley Nº 618, 30 de marzo de 1984

HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:

Artículo 1°.- Se declara de prioridad nacional, de necesidad y utilidad pública la construcción del nuevo aeropuerto internacional de la ciudad de Trinidad, Beni.

Artículo 2°.- Autorízase al Poder Ejecutivo, gestionar el financiamiento necesario para la elaboración del proyecto de factibilidad, diseño final y ejecución de obras.

Artículo 3°.- Declárase zona aeropuertaria los terrenos ubicados en el kilómetro 9 de la carretera Trinidad - Santa Cruz, denominados San Rafael, para la ubicación del nuevo aeropuerto de conformidad a los estudios de situación, realizados por el Consejo del Plan Regulador, debiendo proseguirse con los trámites legales, para la expropiación de dichos terrenos.

Artículo 4°.- Créase la comisión encargada de impulsar y fiscalizar la viabilización del mencionado proyecto, hasta su conclusión presidida por el Ministro de Aeronáutica y un representante de cada uno de los siguientes organismos:

  1. Ministerio de Finanzas,
  2. Dirección de Aeronáutica Civil,
  3. Fuerzas Armadas de la Nación,
  4. Corporación de Desarrollo del Beni,
  5. Prefectura del Departamento del Beni,
  6. Plan Regulador de Trinidad,
  7. Comité Cívico del Beni.


Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los dieciséis días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y cuatro años.
H. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUALBERTO CLAURE ORTUÑO, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Alfredo Monje Suárez, Senador Secretario.- H. Heberto Castedo Lladó, Senador Secretario.- H. Ramiro Barrenechea Zambrana, Diputado Secretario.- H. Alfonso Ferrufino Valderrama, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y cuatro años.
HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Gral. Brig. Antonio Arnez Camacho, Ministro de Aeronáutica.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 618, 30 de marzo de 1984
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioAeropuerto de Trinidad, declarase de prioridad nacional su construcción
KeywordsLey, marzo/1984
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=618
Referencias0001-4031.lexml
CreadorH. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUALBERTO CLAURE ORTUÑO, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Alfredo Monje Suárez, Senador Secretario.- H. Heberto Castedo Lladó, Senador Secretario.- H. Ramiro Barrenechea Zambrana, Diputado Secretario.- H. Alfonso Ferrufino Valderrama, Diputado Secretario. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Gral. Brig. Antonio Arnez Camacho, Ministro de Aeronáutica.
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