Artículo 1°.- Declárase de urgente necesidad la construcción de la unidad escolar Cnl. José Eustaquio Méndez, de la localidad de San Lorenzo, Provincia Méndez del Departamento de Tarija, con cargo al presupuesto del Consejo Nacional de Edificaciones Escolares (CONES) para 1984.
Artículo 2°.- La unidad escolar a construirse en homenaje al bicentenario del nacimiento del Cnl. José Eustaquio Méndez, comprenderá la ampliación y remodelación del actual colegio Cnl. José Eustaquio Méndez y la construcción de la sección Kindergarten, de acuerdo a los planos ya elaborados por el Consejo Nacional de Edificaciones Escolares, luego de efectuada la transferencia de la propiedad de los terrenos al Ministerio de Educación y Cultura.
Norma | Bolivia: Ley Nº 615, 28 de marzo de 1984 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Unidad escolar José Eustaquio Méndez, se declara de urgente necesidad su construcción en San Lorenzo, Tarija | ||||
Keywords | Ley, marzo/1984 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=615 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | H. JULIO GARRETT AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUALBERTO CLAURE ORTUÑO, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Heberto Castedo Lladó, Senador Secretario.- H. Ramiro Barrenechea Zambrana, Diputado Secretario.- H. Alfonso Ferrufino Valderrama, Diputado Secretario. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Dr. Alcides Alvarado Daza, Ministro de Educación y Cultura. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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