Artículo Único.- Declárase de urgente necesidad la construcción de dos edificios completos con destino a las escuelas Simón Bolívar de Punata y Sócrates G. Torrico, Provincia Arani, del Departamento de Cochabamba, con cargo al presupuesto del Consejo Nacional de Edificaciones Escolares (CONES), para 1984. La amplitud de los edificios escolares debe adecuarse a la población estudiantil que asiste a dichos planteles de enseñanza.
Norma | Bolivia: Ley Nº 588, 15 de diciembre de 1983 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Escuelas Simón Bolívar y Sócrates g. Torrico, se declara de urgente necesidad su construcción en Punata y Arani, respectivamente | ||||
Keywords | Ley, diciembre/1983 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=588 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | H. OSCAR ZAMORA MEDINACELLI, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUALBERTO CLAURE ORTUÑO, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Heberto Castedo Lladó, Senador Secretario.- H. Ramiro Barrenechea Zambrana, Diputado Secretario.- H. Alfonso Ferrufino Valderrama, Diputado Secretario. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Alcides Alvarado Daza, Ministro de Educación. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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