Bolivia: Ley Nº 569, 5 de octubre de 1983

HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:

Artículo 1°.- Declárase de prioridad y urgencia nacional, así como de necesidad y utilidad públicas, la elaboración del diseño final y la subsiguiente construcción del sistema de captación y provisión de agua potable del río San Juan hasta el tanque Millner, de la ciudad de Potosí.

Artículo 2°.- Encomiéndase a la Corporación Regional de Desarrollo (CORDEPO) y a la Administración de Agua Potable (AAPOS) la elaboración del diseño final mencionado, en el término de 90 días.

Artículo 3°.- Concluido el proyecto definitivo, la Corporación Regional de Desarrollo (CORDEPO) y la Administración Autónoma para Obras Sanitarias (AAPOS) procederán bajo su exclusiva responsabilidad a la realización de los trabajos de captación de agua del Río San Juan y construcción del acueducto para el traslado del líquido elemento hasta la ciudad de Potosí.

Artículo 4°.- Los trabajos especificados en los artículos segundo y tercero de la presente ley se efectuarán con cargo al Fondo de Solidaridad con Potosí, instituido por el Supremo Gobierno y, en su caso, con financiamiento externo, para cuyo efecto se autoriza al Poder Ejecutivo gestionar el empréstito necesario.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, septiembre 27 de 1983.
H. HECTOR ORMACHEA PEÑARANDA, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUALBERTO CLAURE ORTUÑO, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Alfredo Monje Suárez, Senador Secretario.- H. Alfonso Ferrufino Valderrama, Diputado Secretario.- H. Federico Alvarez Plata, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y tres años.
HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Dr. Roberto Jordán Pando, Ministro de Planeamiento y Coordinación.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 569, 5 de octubre de 1983
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioRio San Juan, se declara prioritaria la elaboración del diseño y construcción del sistema de captación y provisión de agua potable para Potosí
KeywordsLey, octubre/1983
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=569
Referencias0001-4031.lexml
CreadorH. HECTOR ORMACHEA PEÑARANDA, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUALBERTO CLAURE ORTUÑO, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Alfredo Monje Suárez, Senador Secretario.- H. Alfonso Ferrufino Valderrama, Diputado Secretario.- H. Federico Alvarez Plata, Diputado Secretario. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Dr. Roberto Jordán Pando, Ministro de Planeamiento y Coordinación.
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