Bolivia: Ley Nº 556, 26 de mayo de 1983

HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:

Artículo 1°.- - Declárase zonas de uso exclusivamente agrícola las comprendidas en el valle central y de Sacaba del Departamento de Cochabamba, sobre las que el Proyecto Múltiple Hidroagrícola de Misicuni tiene fijados sus límites, prohibiéndose todo asentamiento urbano en dichas áreas, salvo las comprendidas en el Plan Regulador.

Artículo 2°.- - Ninguna entidad de prestación de servicios públicos autorizará ni aprobará programas de urbanizaciones en tales sectores.

Artículo 3°.- - Los servicios públicos destinados a la actividad agropecuaria en las regiones referidas serán calificadas y autorizadas por la entidad creada mediante Decreto Supremo Nº 16688, de 5 de julio de 1979, (Comité Urbano-Microregional) y la Asociación Misicuni.

Artículo 4°.- - Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias a la presente Ley.


Remítase al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional.
La Paz, 11 de mayo de 1983.
H. JULIO GARRET AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. SAMUEL GALLARDO LOZADA, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Héctor Ormachea Peñaranda, Senador Secretario.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Willy Vargas Vacaflor, Diputado Secretario.- H. Pablo Steimbach Moreno, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y tres años.
HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Reynaldo Mercado Uribe, Ministro de Asuntos Campesinos y Agropecuarios.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 556, 26 de mayo de 1983
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioMisicuni, se declaran zonas de uso exclusivamente agrícolas sobre las que el proyecto múltiple hidroagrícola de Misicuni tiene fijados sus límites
KeywordsLey, mayo/1983
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=556
Referencias0001-4031.lexml
CreadorH. JULIO GARRET AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. SAMUEL GALLARDO LOZADA, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Héctor Ormachea Peñaranda, Senador Secretario.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Willy Vargas Vacaflor, Diputado Secretario.- H. Pablo Steimbach Moreno, Diputado Secretario. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Reynaldo Mercado Uribe, Ministro de Asuntos Campesinos y Agropecuarios.
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