Artículo 1°.- Autorízase a la Alcaldía Municipal de Oruro ceder gratuitamente parcelas de terreno del fundo municipal de Capachos a toda persona y con preferencia a entidades deportivas y culturales, con fines de urbanización de conformidad a la Ordenanza de fecha 23 de enero de 1944 y estricta sujeción al Plano de Urbanización levantado por el Departamento de Obras Públicas.
Artículo 2°.- Se autoriza preferentemente ceder dos hectáreas en la región de Moezuma de Capachos a los Padres Siervos de María con destino a la construcción de una Escuela Granja y a la Asociación Scouts de Bolivia, otras dos hectáreas, para la construcción de su Sede de Prácticas y Recreo.
Norma | Bolivia: Ley Nº 55, 19 de diciembre de 1960 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Alcaldía de Oruro, autorízase transferir inmueble | ||||
Keywords | Ley, diciembre/1960 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=55 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | Fdo. Rubén Julio C., Presidente del H. Senado Nacional; E. Ayala Mercado, Presidente de la Cámara de Diputados; F. Ayala Requena., Senador Secretario; Alberto Lavadenz, Senador Secretario; Guillermo Muñoz de la Barra., Diputado Secretario; Armando Mollinedo, Diputado Secretario. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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