Bolivia: Ley Nº 544, 28 de abril de 1983

HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL
DECRETA:

Artículo 1°.- Dispónese que el Banco Central de Bolivia actualice y prosiga con el Proyecto de Arquitectura e Ingeniería para la construcción del Edificio en el terreno adquirido para el efecto, de su agencia en la ciudad de Sucre en parte de cuyas instalaciones funcionarán las oficinas y dependencias del Fondo Financiero de la Cuenca del Plata.

Artículo 2°.- El Banco Central de Bolivia dispondrá de los recursos necesarios para el cumplimiento del artículo anterior, a cuyo fin consignará en su Presupuesto la partida correspondiente.

Artículo 3°.- Autorízase al Banco Central de Bolivia para que oportunamente suscriba el respectivo convenio con el Fondo Financiero de la Cuenca del Plata, con objeto de permitirle el uso de parte del edificio y de las instalaciones que se construyan.


Remítase al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional.
La Paz, 15 de abril de 1983.
H. JULIO GARRET AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. SAMUEL GALLARDO LOZADA, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Héctor Ormachea Peñaranda, Senador Secretario.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Willy Vargas Vacaflor, Diputado Secretario.- H. Pablo Steimbach Moreno, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de Abril de mil novecientos ochenta y tres años.
HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Lic. Flavio Machicado Saravia, Ministro de Finanzas.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 544, 28 de abril de 1983
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioDispónese que el Banco Central de Bolivia prosiga con el Proyecto de Arquitectura para la construcción del Edificio de su agencia en la ciudad de Sucre
KeywordsLey, abril/1983
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=544
Referencias0001-4031.lexml
CreadorH. JULIO GARRET AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. SAMUEL GALLARDO LOZADA, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Héctor Ormachea Peñaranda, Senador Secretario.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Willy Vargas Vacaflor, Diputado Secretario.- H. Pablo Steimbach Moreno, Diputado Secretario. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Lic. Flavio Machicado Saravia, Ministro de Finanzas.
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