Artículo 1°.- Dispónese que el Banco Central de Bolivia actualice y prosiga con el Proyecto de Arquitectura e Ingeniería para la construcción del Edificio en el terreno adquirido para el efecto, de su agencia en la ciudad de Sucre en parte de cuyas instalaciones funcionarán las oficinas y dependencias del Fondo Financiero de la Cuenca del Plata.
Artículo 2°.- El Banco Central de Bolivia dispondrá de los recursos necesarios para el cumplimiento del artículo anterior, a cuyo fin consignará en su Presupuesto la partida correspondiente.
Artículo 3°.- Autorízase al Banco Central de Bolivia para que oportunamente suscriba el respectivo convenio con el Fondo Financiero de la Cuenca del Plata, con objeto de permitirle el uso de parte del edificio y de las instalaciones que se construyan.
Norma | Bolivia: Ley Nº 544, 28 de abril de 1983 | ||||
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Fecha | 2023-03-05 | Formato | Text | Tipo | L |
Dominio | Bolivia | Derechos | GFDL | Idioma | es |
Sumario | Dispónese que el Banco Central de Bolivia prosiga con el Proyecto de Arquitectura para la construcción del Edificio de su agencia en la ciudad de Sucre | ||||
Keywords | Ley, abril/1983 | ||||
Origen | http://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=544 | ||||
Referencias | 0001-4031.lexml | ||||
Creador | H. JULIO GARRET AILLON, Presidente del H. Senado Nacional.- H. SAMUEL GALLARDO LOZADA, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Héctor Ormachea Peñaranda, Senador Secretario.- H. Luis Añez Alvarez, Senador Secretario.- H. Willy Vargas Vacaflor, Diputado Secretario.- H. Pablo Steimbach Moreno, Diputado Secretario. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Lic. Flavio Machicado Saravia, Ministro de Finanzas. | ||||
Contribuidor | DeveNet.net | ||||
Publicador | DeveNet.net |
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