Bolivia: Ley Nº 53, 19 de diciembre de 1960

VÍCTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR TANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:

Artículo 1°.- Autorízase a la Corporación Minera de Bolivia, la venta directa sin subasta pública a los solicitantes trabajadores mineros de Corocoro, Caracoles y Matilde, la cantidad de treinta y cuatro mil trescientos nueve metros cuadrados (34.309 m2) de terrenos de propiedad de la Corporación Minera de Bolivia, ubicados en la localidad de El Alto, zona de Villa Dolores de la ciudad de La Paz, cuyos limites son: Al Norte con 159.10 metros sobre la calle Nº 17; al Sur 174.90 metros sobre la línea del FF.CC. La Paz - Arica; al Este con 174.60 metros sobre la calle Nº 10 y al Oeste con 238 metros sobre la calle Nº 11.

Artículo 2°.- El levantamiento topográfico, loteamiento y la base del justiprecio pericial para la transferencia de estos terrenos, será realizado por el Departamento Técnico de la Corporación Minera de Bolivia.


Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines Constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 9 de diciembre de 1960.
Fdo. Rubén Julio C., Presidente del H. Senado Nacional; E. Ayala Mercado, Presidente de la Cámara de Diputados; F. Ayala Requena., Senador Secretario; Alberto Lavadenz, Senador Secretario; Guillermo Muñoz de la Barra., Diputado Secretario; Armando Mollinedo, Diputado Secretario.
POR TANTO: La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los diez y nueve días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta años.

Ficha Técnica (DCMI)

NormaBolivia: Ley Nº 53, 19 de diciembre de 1960
Fecha2023-03-05FormatoTextTipoL
DominioBoliviaDerechosGFDLIdiomaes
SumarioComible, loteo en El Alto para trabajadores
KeywordsLey, diciembre/1960
Origenhttp://www.vicepresidencia.gob.bo/Inicio/tabid/36/ctl/wsqverbusqueda/mid/435/Default.aspx?id_base=2&id_busca=53
Referencias0001-4031.lexml
CreadorFdo. Rubén Julio C., Presidente del H. Senado Nacional; E. Ayala Mercado, Presidente de la Cámara de Diputados; F. Ayala Requena., Senador Secretario; Alberto Lavadenz, Senador Secretario; Guillermo Muñoz de la Barra., Diputado Secretario; Armando Mollinedo, Diputado Secretario.
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